Derecho Administrativo general
URIBARRI JARAMILLO, CATALINA CONSTANZA: La dictación de instrucciones para la aplicación de disposiciones urbanísticas de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo como potestad administrativa de interpretación.
Resumen:
El presente trabajo analiza la facultad de dictación de instrucciones para la aplicación de disposiciones urbanísticas de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo como una potestad administrativa de interpretación, desde una perspectiva orgánica en relación con otros servicios de la Administración chilena que se abocan a materias técnicas y especializadas. Asimismo, se vincula esta facultad con el Sistema de Fuentes del Derecho Administrativo y con la definición de acto administrativo, al tiempo que se identifican límites y controles. Finalmente, se revisan algunos casos concretos de aplicación de esta facultad de interpretación con especial énfasis en su implicancia práctica.
SCHIAVI, PABLO: Convenios colectivos de la Administración: ¿son fuente de Derecho Administrativo?
Resumen:
Una fuente relativamente novedosa para el Derecho Administrativo es la incorporación de normas a nuestro ordenamiento jurídico mediante los convenios colectivos del sector público. La admisibilidad de los Convenios Colectivos celebrados por las Administraciones estatales con las organizaciones de funcionarios públicos es actualmente reconocida (con especificidades) por la Doctrina del Derecho Laboral y del Derecho Administrativo. Por ende, afirma Carlos Delpiazzo, puede considerarse como propia de un Derecho General del Trabajo que prima sobre el Derecho Privado del Contrato de Trabajo y sobre el Derecho Administrativo de la Función Pública. Si bien la discusión relativa a la consideración de los convenios colectivos de la Administración como fuente del Derecho Administrativo estaría zanjada a nivel doctrinario, lo cual se refuerza con su reconocimiento legal y en innumerables convenios internacionales, en la práctica se siguen vislumbrando dificultades a la hora de ejecutar en los hechos lo acordado entre la Administración y sus funcionarios.