"...Aquí no está en juego la jerarquización de la ley por sobre un derecho fundamental como la vida, lo que está en juego es otra cosa: la coherencia constitucional del sistema de fuentes a través del cual —dígase de paso— se consagra y se regula el ejercicio de los derechos fundamentales. En otros términos, los recurridos no invocan el principio de legalidad y de juridicidad como un mandato, digamos, intra-administrativo, sino como un principio constitucional..."
"...Me propuse revisar las sentencias de los últimos cinco años para obtener así una muestra y observar las doctrinas jurisprudenciales al respecto. Me encontré con un panorama caracterizado por una notoria inestabilidad de las decisiones a raíz de la conducta zigzagueante de los ministros de una Sala de la Corte Suprema…”
"...El eje principal que debería desarrollarse en futuros pronunciamientos de inaplicabilidad radica en el examen sobre la mayor o menor amplitud probatoria que la aplicación de este artículo permite a las partes, en atención a la naturaleza jurídica del conflicto sometido a decisión de la judicatura y el carácter determinante del precepto legal para el ejercicio del derecho a presentar pruebas, como elemento de racionalidad y justicia de un procedimiento..."
"...Evidencia que ante la inactividad o falta de coordinación de los órganos administrativos y el lento resultado de las acciones y recursos civiles, penales o contencioso-administrativo disponibles, la acción constitucional de protección se erige, aun cuando se refute, como un sustituto procesal para obtener la restitución de un inmueble ocupado de manera irregular, a pesar de que se trata de una acción de naturaleza cautelar..."
"...La jurisprudencia mayoritaria —al igual que un sector de la doctrina chilena— se inclina por exigir dolo directo para dar por concurrente el lado subjetivo de la tentativa. La sentencia de la Corte Suprema, en decisión de mayoría, del 11 de julio de 2017, reiterando otros pronunciamientos anteriores, adhiere a la tesis según la cual el delito frustrado, como etapa del iter criminis, requiere dolo directo, al igual que en la fase de tentativa..."