Editorial
GOLDENBERG SERRANO, JUAN LUIS: Editorial
Estudios
Historia del Derecho
ARRIAGADA-CÁCERES, MARÍA-BEATRIZ: Tres problemas de Atria sobre los conceptos jurídicos ilustrados en el concepto de derecho subjetivo.
Resumen: El primer objetivo de este trabajo es demostrar que la teoría de Fernando Atria sobre los conceptos jurídicos presenta tres problemas: (i) asume que los conceptos jurídicos no son puramente estructurales sin especificar en qué consiste su estructura, (ii) afirma que la estructura de un concepto jurídico hace probable el desempeño de una función que es naturalmente improbable sin especificar el concepto de probabilidad utilizado y disfraza que la tesis auténticamente defendida es que determinadas estructuras deben desempeñar determinadas funciones y (iii) es una filosofía política del derecho disfrazada de teoría jurídica. El segundo objetivo de este trabajo es ilustrar estos problemas en el concepto atriano de derecho subjetivo.
IRARRÁZAVAL GOMIEN, ANDRÉS: Hacia un nuevo consenso en la regulación de los cementerios: la evolución de las normas civiles y canónicas a lo largo del s. XX.
Resumen: En la primera mitad del siglo XIX se crearon los cementerios en las afueras de las ciudades y se logró un consenso entre autoridades civiles y eclesiásticas sobre su regulación jurídica. La Ley Laica de Cementerios de 1883 rompió esta unidad, pero la evolución del derecho civil y canónico durante el siglo XX posibilitó una nueva convergencia. Actualmente los cementerios tienen una regulación que manifiesta el nuevo consenso alcanzado en el ámbito estatal y eclesiástico.
Derecho Constitucional
CANDIA FALCÓN, GONZALO: Causales de inadmisibilidad de opiniones consultivas: reforzando el carácter subsidiario del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Resumen: El autor propone que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por medio del establecimiento de causales para declarar inadmisibles solicitudes de opinión consultiva, ha buscado proteger el carácter subsidiario del sistema regional de protección de derechos. Sin embargo, el artículo también demuestra que la Corte, recientemente, no ha sido completamente coherente con su propia doctrina en esta materia.
SILVA IRARRÁZAVAL, LUIS ALEJANDRO: El control judicial de los estados de excepción constitucional: la supremacía del Presidente de la República.
Resumen: Se postula que el Poder Judicial es incompetente para controlar la decisión del Presidente de la República que declara un estado de excepción constitucional. A esta proposición subyace la idea de que hay supuestos en que los jueces no pueden invocar la Constitución como una norma directa e inmediatamente aplicable. Esto conlleva afirmar que el Presidente de la República tiene prioridad sobre el Poder Judicial para interpretar el texto constitucional en relación con las condiciones para decretar un estado de excepción.
Derecho Internacional
VEGA-BARBOSA, GIOVANNY; SEREBRENIK-BELTRAN, STEFFANY Y APONTE-MARTINEZ, MARÍA CAMILA: Colombia y la Convención de Naciones Unidas sobre el derecho del mar: análisis jurídico frente al dilema de la ratificación.
Resumen: Este artículo aborda las cuestiones jurídicas asociadas a la eventual ratificación de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar por parte de Colombia. Los autores sostienen que la mayoría de preocupaciones que otrora desmotivaron la ratificación de la Convención se han desvanecido de manera progresiva. Sin embargo, desaconsejan de manera transitoria la manifestación del consentimiento internacional a la luz del actual reclamo de derechos históricos el Archipiélago de San Andrés.
Derecho Romano
DE CASTRO CAMERO, ROSARIO: Medidas para prevenir la producción de escombros en Roma y sus municipios.
Resumen: Leyes municipales, senadoconsultos y constituciones imperiales recogían la prohibición de demolición de edificios si no se hacía con ciertas garantías. Esto demuestra la preocupación del mundo romano por la conservación del entorno urbano. En el presente artículo explicaremos qué medidas y recursos se emplearon para evitar la generación de escombros y proteger un interés distinto del individual.
Derecho Comercial
MANTEROLA DOMÍNGUEZ, PABLO: Deber de conservar las acciones en el pacto de actuación conjunta de la Ley de Mercado de Valores.
Resumen: En el pacto de accionistas definido en el art. 98 de la Ley de Mercado de Valores, existen intereses potencialmente en conflicto: de un lado, sus miembros se han comprometido a actuar conjuntamente en la formación de la voluntad social; de otro, cada uno puede buscar una salida de la sociedad transfiriendo su participación a terceros. A falta de pacto expreso, este problema se resuelve integrando en el contrato un deber de conservar las acciones de la sociedad, como deber secundario de conducta.
GODOY USON, MARÍA PAZ; WALKER HITSCHFELD, EDUARDO Y ZEGERS RUIZ-TAGLE, MATÍAS: Análisis del primer intento de imponer autorregulación sobre gobierno corporativo en Chile: resultados de un oxímoron.
Resumen: Entre los años 2012 y 2014, con el declarado propósito de fomentar la autorregulación, la Superintendencia de Valores y Seguros exigió a los emisores en Chile responder un cuestionario relacionado a prácticas de gobierno corporativo en la modalidad “comply or explain”. El estudio analiza las respuestas de 97 emisores para cada uno de estos años. El estudio primero verifica si las prácticas evaluadas por esta norma son consideradas “útiles”, es decir, si se adoptan y si hubo cambios o evolución en las respuestas a través del tiempo. La segunda parte del estudio analiza si las respuestas fueron explícitas e informativas. Aunque las respuestas difieren según categoría, en promedio 65% de las prácticas fueron adoptadas, de las cuales un 59% habrían sido adoptadas con anterioridad a la norma. Asimismo, la información en las respuestas tiende a ser estandarizada y escasa, entendiéndose como un tipo de cumplimiento formal y no necesariamente cualitativo de la Norma. Las respuestas evidencian escasos cambios en las prácticas de gobierno corporativo como consecuencia de la dictación de la Norma.
Recensiones
MARIO DURÁN MIGLIARDI: Hassemer, Winfried (2016), ¿Por qué castigar? Razones por las que merece la pena. (Tirant lo Blanch-Teoría, Valencia), 288 págs.
Comentarios de Jurisprudencia
GONZALEZ QUINTERO, RODRIGO Y SARMIENTO LAMUS, ANDRÉS: Acceso a documentos e información de la banca central en el Derecho Comparado: el caso de Estados Unidos y la Unión Europea.
Resumen: El presente trabajo propone un estudio comparado del acceso a documentos e información financiera que repose en la Reserva Federal estadounidense y el Banco Central Europeo. Si bien las regulaciones pertinentes en cada uno de los respectivos sistemas proclama la transparencia, en virtud de las excepciones contenidas en las normas mismas o por medio de las decisiones judiciales, el resultado es una limitación efectiva al derecho a la información financiera ostentado por los ciudadanos.
MARSHALL, PABLO Y ROCHOW, DIEGO: El sufragio de las personas privadas de libertad. Un análisis a partir de la sentencia rol N° 87743-16 de la Corte Suprema y sus antecedentes.
Resumen: El presente artículo tiene por objeto analizar la sentencia de la Corte Suprema que ordenó la adopción de todas las medidas necesarias para que las personas privadas de libertad habilitadas puedan ejercer su derecho a sufragio. Se exponen los antecedentes de la sentencia, el proceso que culminó con su dictación, y el contenido del fallo. Asimismo, se presentan algunas reflexiones que valoran positivamente ciertos aspectos de la decisión de la Corte que consolida su preocupación por los privados de libertad.
MADRID RAMÍREZ, RAÚL: Razones sistemáticas, más un argumento teórico, para rechazar la constitucionalidad del proyecto de aborto en tres causales en Chile.
Resumen: El trabajo tiene por objeto formular un argumento específico para rechazar el proyecto de ley que despenalizaba el aborto en tres causales —hoy convertido en ley—: su incoherencia con el texto de la Constitución, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la ley civil y todos los mecanismos normativos vinculados con los operadores jurídicos. Se trata, por lo tanto, de una justificación que apela al requisito de relación lógica entre las partes o elementos del sistema jurídico, de tal modo que no se produzca contradicción ni oposición entre ellas. Para ello, se citan diversos ejemplos de producción normativa y jurisprudencial, que permiten concluir que el proyecto en comento resulta extraño al ordenamiento jurídico chileno.