Santiago de Chile.   Mar 30-04-2024
22:59

Fallos y fallas

Es objetable que el Consejo Nacional de Arbitraje Deportivo haya aceptado que el abogado Carlos Castro fuese el representante de los acusados, habiendo sido presidente del organismo hasta meses antes del juicio y, obviamente, con relación con los integrantes que juzgaron.
Edgardo Marín16 de abril, 2024
Finalmente, el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) absolvió a Ximena Restrepo y a Marcelo Gajardo en juicio por acusaciones de las atletas Poulette Cardoch y Berdine Castillo, las que denunciaron insultos, racismo y discriminación de los denunciados.

Recurrido de apelación tras fallo del Comité de Ética de la Federación de Atletismo (Fedachi), favorable a las atletas, el CNAD rechazó ese fallo, pidió la renuncia de sus integrantes y finalmente, al cabo de dos sesiones, señaló que no existe “convicción respecto de la comisión de conductas de maltrato y de discriminación”. En efecto, los numerosos testigos de los acontecimientos de los hechos denunciados no recordaron haber escuchado expresiones racistas ni insultantes.

En el desarrollo del juicio se produjeron algunas situaciones que hacen aconsejable una revisión de los procedimientos del CNAD.

Empezando, a propósito de testimonios, no se escuchó a las denunciantes. Según el tribunal, su abogado representante, Sebastián Buré, no las presentó como declarantes, aunque éste señala que no es necesario ese trámite. Como sea, no se ve bien que no se las haya escuchado, ni a su entrenador Juan Pablo Raveau, y que Cardoch, cuando quiso hacerlo, fuera impedida por el tribunal.

Por otro lado, es objetable que el CNAD haya aceptado que el abogado Carlos Castro fuese el representante de los acusados, habiendo sido presidente del organismo hasta meses antes del juicio y, obviamente, con relación con los integrantes que juzgaron. Se pidió su inhabilidad, sin éxito.

El presidente del tribunal, Eduardo Arévalo, al terminar la primera sesión invitó a los protagonistas a reflexionar sobre un acuerdo: “El interés superior del deporte es la competencia sana, es que las deportistas no estén perdiendo el tiempo escuchando una audiencia, sino que estén en la pista practicando para que nos llenen de orgullo”. Parece un discurso sano, sino fuera porque apoyaba a los demandados, que pedían un acuerdo, rechazado de plano por los demandantes.

La primera sesión del juicio fue pública y trasmitida por televisión. En adelante no lo fue, contrariando lo dispuesto en la Ley del Deporte: “Los procedimientos que se sustancien ante el Comité serán públicos y orales”.

En el fallo de la comisión de ética de la Federación se castigaba al entrenador Gajardo con suspensión y a Restrepo con disculpas públicas, lo que la exatleta no hizo, aunque más adelante ofreció hacerlo. En el cierre de la primera parte del juicio del CNAD, el presidente dijo: “El deporte es la única reserva moral en Chile, la única actividad donde no tenemos delincuencia. Hago presente esto para que puedan tanto denunciantes como denunciado, abrir su mente, abrir su corazón, y explorar al menos la posibilidad de llegar a conciliación”. Además, se refirió a la belleza del perdón.

La presentadora del caso por parte de la Fedachi, Valeria Alonso, citó una nueva denuncia contra de la exatleta, acusada de haber insultado a un oficial extranjero que obtenía una muestra de sangre de Martina, su hija, para el control dedopaje de los Juegos Panamericanos. La interrumpió el presidente señalándole que esa denuncia no estaba dentro de las materias del juicio. No se conoce la experiencia de Eduardo Arévalo en tribunales.

En fin, el legislador, según parece, debe revisar los procedimientos y facultades del tribunal del deporte, adscrito al Comité Olímpico y vigente desde 2019.

Edgardo Marín

es periodista egresado de la Universidad Católica, donde estudió a la par de su trabajo periodístico. Ha sido reportero y comentarista en diarios, revistas, radios y canales de televisión, además de investigador y autor de libros de historia del fútbol. Premio Nacional de Periodismo de Deportes 1993.

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