Así funcionaría el fútbol chileno con la nueva ley SADP
El proyecto fue aprobado en el Senado, pero sigue el debate. La separación de la ANFP y la federación es el principal hito del cuerpo legal que se tramitará en la Cámara de Diputados, con un modelo inspirado en Europa. Los actuales directivos de los clubes nacionales critican que no se adapta a la realidad de la región.
El proyecto que reforma el funcionamiento de las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales (SADP) dio un paso decisivo al ser aprobado en general en el Senado, con lo que cerró su segundo trámite constitucional. Ahora pasará a la Cámara de Diputados, en donde se dará el último debate antes de que se pueda convertir en ley.
“El corazón del proyecto es el fin a la multipropiedad, terminar con los conflictos de interés, separar a la federación de la ANFP, conocer quiénes son los dueños de los clubes y mejorar la fiscalización”, celebra el senador Matías Walker (Demócratas), autor de la iniciativa que presentó en mayo de 2016, cuando era diputado de la Democracia Cristiana.
El gran triunfo para los promotores de la iniciativa es la separación de la ANFP con la federación de fútbol, algo que Pablo Milad prometió durante su gestión en Quilín, pero todavía no se concreta.

Cuando los clubes galos juegan la Copa de Francia, que es organizada por la federación de ese país, no lucen sus habituales sponsors en la camiseta, sino que los oficiales del torneo. Foto: FFF
La ley establece la creación de las “Ligas Deportivas Profesionales (LDP)”, recalifica a los clubes como “Organizaciones Deportivas Profesionales de Base”, pudiendo ser SADP, corporaciones, fundaciones y sociedades anónimas concesionarias, y obliga a que “la LDP debe integrarse previamente a la Federación Deportiva Nacional correspondiente”.
El modelo a seguir en la creación del cuerpo legal viene de Europa. Para cumplir con la ley, en Chile debería establecerse lo que sucede en países como España, Inglaterra, Alemania y Francia, donde las federaciones se hacen cargo de las selecciones, el fútbol formativo y el organigrama general para el desarrollo de la actividad, mientras las ligas se encargan de las competencias de la élite profesional masculina.
Un ejemplo patente de esa separación se da en el fútbol galo, donde el torneo de liga lo organiza la asociación de clubes, mientras que la federación se encarga de la Copa de Francia, en la que participan instituciones profesionales con amateurs. Ahí, los elencos de la Ligue 1 incluso deben vestir uniformes con la marca deportiva y los sponsors que tiene la federación, dejando de lado sus contratos particulares.
LAS SELECCIONES
La ley establece que “corresponde exclusivamente a las Federaciones Deportivas Nacionales la responsabilidad de conformar, administrar y gestionar la participación de los seleccionados nacionales de todas las categorías de la respectiva modalidad deportiva que representen al país en competiciones deportivas internacionales. Dicha atribución es indelegable”.
¿Esto significa que los clubes ya no estarán obligados a prestar sus jugadores, por ejemplo? Desde los propios equipos nacionales descartan esa situación. Por un lado, están los reglamentos de la FIFA, que obligan a la cesión de los futbolistas a los representativos de cada país en las fechas de amistosos oficiales o para torneos internacionales.
Además, según indica un prominente directivo, “mientras mejor le vaya a la selección, mejor me va a mí como club, porque los jugadores se valorizan”.
La crítica desde Quilín apunta a otra parte: “En todas las partes del mundo, sobre todo en Sudamérica, el fútbol profesional tiene una preponderancia total en la administración de las selecciones, porque estas se forman con los jugadores formados por los clubes. En esto estamos totalmente alineados, pero eso va a ser distinto cuando a la federación la manejen más los sindicatos o la ANFA”.
Los partidarios de este proyecto contraatacan con el recuerdo de la reforma que se produjo en España en 2023, en la que se reguló la separación entre federación y liga profesional, en el que se estableció al Consejo Superior de Deportes facultades de arbitraje en caso de conflicto entre ambos, rol que en Chile asumiría el Instituto Nacional de Deportes.
“Lo más significativo de este caso es la completa ausencia de evidencia documentada respecto a cualquier comunicación, carta de advertencia, amenaza o sanción por parte de FIFA en relación con esta legislación”, indican desde el colectivo “No más ANFP”, que también participó de la discusión en el Senado, en alusión a uno de los puntos que plantearon la ANFP y los clubes para manifestar su oposición a las nuevas disposiciones legales.
LA TRANSPARENCIA
“Este es un proyecto que tiene una súper buena presentación pública, porque hay que reconocer: ¿quién va a estar en contra de que haya más transparencia, que haya claridad sobre el rol de los representantes o que las comisiones de hinchas tengan participación?”, inquiere un directivo del fútbol chileno.
Para cumplir esto, la ley que pasó a la Cámara de Diputados establece que la LDP deberá constituirse como sociedad anónima con un capital no inferior a 10.000 UF (cerca de $400 millones), y estará obligada a publicar la información sobre sus estados financieros ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que cumplirá un rol fiscalizador. Actualmente, esa información, tanto de la federación como de la ANFP, está en el mismo sitio web: el de la ANFP.

Los clubes estarán obligados a informar una vez al año a la CMF la figura de “beneficiarios finales”, para conocer quiénes son sus dueños. Foto: Photosport
Además de las lógicas prohibiciones a que sean dirigentes personas condenadas por diversos delitos, incluyendo los de la ley de violencia en los estadios y del mercado de valores, también se establecieron prohibiciones para los representantes, o sus socios, “y familiares hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad inclusive”, aunque sí podrán cumplir funciones administrativas. Es el caso, por ejemplo, de Pablo Morales, gerente general de Coquimbo Unido e hijo del empresario de jugadores Sergio Morales.
Junto con ello, en el artículo 3 se indica que “quienes ejerzan cargos directivos, gerenciales o de órganos internos de una Liga tendrán incompatibilidad para ejercer dichos cargos en la Federación Deportiva Nacional a la cual se encuentre integrada”, algo que se reitera en el artículo 11, de similar redacción: “Los cargos directivos, gerenciales o en órganos internos de una Federación Deportiva Nacional o de una Liga Deportiva son incompatibles entre sí. En consecuencia, las personas que asuman dichos cargos no podrán ejercer simultáneamente funciones de la misma naturaleza en cualquier otra organización deportiva profesional”.
Para saber efectivamente quiénes son los dueños de los clubes y evitar la multipropiedad, la ley indica que “las organizaciones deportivas profesionales de base deberán presentar ante la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Deportes una declaración jurada, legalizada ante notario, que describa detalladamente la estructura de propiedad y el mecanismo de control del club, incluyendo la identificación de las sociedades que la conforman y de las personas naturales que integran dichas sociedades”, también deberán llevar un registro de quiénes son los representantes de los futbolistas de su club y publicarlo en marzo de cada año para que la CMF lo pueda fiscalizar”.
“Ninguna persona podrá ser accionista de más de una sociedad regulada por esta ley, o socio de más de una corporación o fundación con fondo de deporte profesional que integre una misma liga”, es otra de las indicaciones que tiene la ley.
Los clubes, además, deberán informar “el listado de beneficiarios finales, personas naturales, propietarias de acciones en una sociedad regulada en esta ley, independiente de la forma de la persona jurídica a través de la cual posean esos derechos”. Esto también deberá ser fiscalizado por la CMF.
En el caso de Colo Colo, Universidad de Chile y Universidad Católica, que funcionan como sociedades anónimas concesionarias, sus derechos se respetarán “hasta la expiración del respectivo contrato”. Esto es, 2035 para Blanco y Negro, 2052 para Azul Azul y 2069 para Cruzados. En el caso de una eventual renovación, “no podrá tener una vigencia superior a 30 años”.
LO QUE FALTA POR RESOLVER
Uno de los debates más acalorados en la votación en el Senado fue respecto de lo que ocurrirá con los ascensos y descensos en la nueva LDP. El proyecto indica que habrá “mecanismos de adquisición, suscripción o enajenación forzosa de acciones”, y que la LDP determinará “la forma de valorizar las mismas. Además, podrán regular aumentos o disminuciones de capital en caso de aumento o disminución de equipos en competición”.
Para los directivos del fútbol, eso es algo complejo de implementar. “Lo más probable es que esa venta de acciones se va a terminar trabando judicialmente, porque el club que descienda puede reclamar que eso no corresponde, que afecta su derecho de propiedad, y también podrá discutir el precio que se determine de parte de la LDP. Para evitar esos problemas, se podría abrir la puerta para tener una liga cerrada como en México y eso sería fatal para el fútbol, porque para mí el tema los descensos es esencial en el deporte”, lamenta el presidente de un club de Santiago.

La futura ministra del Deporte, Natalia Duco, pidió tiempo para estudiar la situación antes de pronunciarse. Su antecesor, Jaime Pizarro, tuvo un profundo involucramiento en el debate de la ley SADP. Foto: Cristián Carvallo
Para resolver el debate, el tema quedará radicado en la Cámara de Diputados. “Espero que el proyecto sea aprobado en tercer trámite y que el gobierno del Presidente José Antonio Kast le mantenga la discusión inmediata”, indica Walker.
En el gobierno entrante todavía no han definido su postura. “Aún no tengo toda la información disponible. Estamos estudiando este tema, que es importante y complejo”, dijo el viernes Natalia Duco, futura ministra del Deporte, quien ya se reunió con Pablo Milad, presidente de la ANFP y de la federación, aunque la exbalista aclaró que “hay que escuchar a todos los actores relevantes para tomar una decisión al respecto, sería una irresponsabilidad decir algo si aún no me siento en mi oficina para revisar todos los antecedentes sobre este tema”.
Una clave es la nueva composición de la cámara baja, con mayoría de la derecha, sector que justamente rechazó en la votación particular un par de artículos del proyecto. Esto genera inquietud entre los partidarios de la ley, sobre la posibilidad de que la iniciativa sufra nuevas modificaciones en el debate en el Parlamento.
Uno de esos cambios, por ejemplo, fue el rechazo a la norma que indicaba que la LDP sería solidariamente responsable de las deudas que dejara un club descendido, una norma pedida por el Sifup. De todos modos, un conocedor de las negociaciones apunta que “ante esas situaciones igual habrá sanciones para los dirigentes en caso de incumplimientos. Es un tema que se ha conversado en una mesa de trabajo que componen el sindicato, la Dirección del Trabajo y la ANFP”.
Otra de las modificaciones del plan original del proyecto está referida al rol de los hinchas. Si bien en un comienzo se pretendía que los hinchas tuvieran participación en la propiedad de los clubes, ahora su rol quedó solo como asesor o consultor “respecto de asuntos referidos al patrimonio inmaterial e identidad del club; el diseño e implementación de planes para aumentar la participación organizada y segura de los hinchas en los espectáculos deportivos profesionales y, en general, acerca de las materias y políticas de desarrollo deportivo que estimen pertinentes”.
Por último, está el plazo para concretar los cambios dispuestos en la ley. El senador Walker recuerda que “hay 18 meses para que el fútbol pueda adecuar sus estatutos a la nueva normativa”. Y en el balompié responden que “ese período es demasiado breve”.
Alejandro Cisternas
es coordinador periodístico de Deportes El Mercurio. Periodista titulado en la PUC, ha cubierto eventos nacionales e internacionales de fútbol, automovilismo, golf, básquetbol, tenis y otras disciplinas.







