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Abogado externo de la FEF y el caso Castillo: “El proceso puede durar un año, Ecuador no corre ningún riesgo de perderse el Mundial”

El jurista Celso Vásconez advierte que Ecuador tiene un fallo del Poder Judicial de 2021 que no solo “blinda” su postura, sino que si la disputa pasa de la FIFA al TAS, Chile y Ecuador deben estar de acuerdo en pedir un procedimiento abreviado. De lo contrario, la causa se extiende por otros ocho meses. También afirma que solo una sentencia judicial —“no de la FIFA, porque no tiene facultad para eso”— puede determinar si el acta de nacimiento ecuatoriana es falsa y la colombiana verdadera. Y que si eso ocurre, el castigo recaería en el futbolista y en su club. “No se traslada a la Federación, que en ese caso también sería una víctima”.
Antonio Valencia09 de mayo, 2022

Celso Vásconez, experto en derecho deportivo y abogado externo de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) en varios casos que se revisan en la FIFA, es tajante: “Ecuador no corre ningún riesgo de perderse el Mundial”.

Antes de entrar en el fondo de la denuncia chilena contra Byron David Castillo Segura y la Federación Ecuatoriana de Fútbol, el profesional aborda los plazos para dirimir el conflicto.

“Como el Mundial está relativamente cerca (noviembre próximo), la comisión disciplinaria de la FIFA puede resolver rápido. Primero abrió un procedimiento, estaba obligada a hacerlo, luego la FEF tendrá 8 a 10 días de plazo para presentar sus descargos y entonces la comisión de la FIFA resolverá dentro de uno dos meses la primera instancia. Esa resolución es apelable ante la misma FIFA, hecho que se puede resolver en otros dos meses. Ahí vamos en 4 meses. Y luego se puede recurrir al TAS (instancia superior a la FIFA en materia judicial), que se tomará ocho meses en emitir un fallo”.

—Pero el TAS tiene procedimientos express considerando la cercanía con el Mundial, que empieza en noviembre.

“Sí, pero para que eso ocurra, ambas partes, Chile y Ecuador, tienen que estar de acuerdo. Si uno de los dos no está de acuerdo, no hay procedimiento expedito”.

—¿Cuál es su visión del caso?

“Este tema ya pasó por un filtró de legalidad en Ecuador. Lo que Chile discute acá se discutió judicialmente en 2021, y tenemos sentencia ejecutoriada que ratifica que el jugador es ecuatoriano. Es a partir de esa resolución de la autoridad competente la que faculta a la FEF para convocarlo a la selección. Esa sentencia es un blindaje para la FEF”.

—Ese proceso lo inició el propio jugador, una autodenuncia de Castillo, un Habeas Data, ¿verdad?

“Sí, el Habeas Data es un proceso tutelar que cualquier persona lo hace cuando una entidad pública o privada tiene datos personales y quiere que se ratifique o demuestre que tiene esos datos. El hizo dos acciones tutelares, una en 2020 y otra en 2021. El registro civil tenía que realizar una investigación exhaustiva para determinar si el jugador violó alguna norma o falsificó algún documento. Mientras eso seguía su curso, todo Ecuador debe tratarlo como ecuatoriano, porque la Constitución establece que no se le pueden desconocer derechos a un ciudadano. La investigación del registro civil no prosperó, se cerró, entonces no existieron indicios que presuman que el jugador realizó un ilícito o que haya falsificación o adulteración de documentos, por lo que esa resolución de última instancia ratificó que es ecuatoriano”.

—En el proceso de 2021 el Registro civil apeló y la Corte, el tribunal de alzada, rechazó la apelación.

“En efecto. Apelan, pero el tribunal dijo: ‘A ver, si ustedes señores del Registro Civil, si ustedes no me demuestran que el ciudadano ha falsificado la partida de nacimiento, todo el mundo debe tratarlo como ecuatoriano’. Eso dijo, a menos que el Registro Civil determine que los documentos son nulos o falsos. Eso no lo hizo, esa investigación no prosperó, no hay conclusión del Registro Civil que diga que el jugador falsificó un documento. Por eso es que esa sentencia de última instancia es la que, hasta el momento, ratifica al jugador como ecuatoriano. En ese caso no estuvo la FEF, es sentencia de juez nacional, es decisión de la autoridad pública competente y, jerárquicamente, es la prueba más valiosa. Es el pronunciamiento del Poder Judicial. A Castillo se le debe tratar como ecuatoriano nacido en territorio ecuatoriano”.

—En ese proceso judicial de 2021, ¿se ventiló el documento de un Bayron Castillo nacido en Tumaco, Colombia?

“Sí. Si se analiza ese documento, el nombre que aparece es de Bayron Javier Castillo Segura que nació como tres años antes que Byron David Castillo Segura. Ese fue el documento madre en el proceso y no se llegó a determinar si era fidedigno o falso, me parece que entidades colombianas que dijeron que ese documento no se hallaba en el registro civil de Tumaco. Fue un argumento rebatido por el juez”.


—¿Qué dificultad ve a la acusación chilena que afirma que la partida de nacimiento ecuatoriana es falsa y que la verdadera sería la de Tumaco, la colombiana?

“Si Chile aduce que un documento es falso, necesita un pronunciamiento judicial que diga que ese documento es falso, no porque Chile diga que es falso, lo es. Es como afirmar sin pruebas, sin que un juez me diga que es falso. Ahí pierde fuerza su posición. Chile dice que son falsos y adulterados, pero ¿cuál es el pronunciamiento de un juez en Colombia o Ecuador que en efecto diga que esos documentos son nulos? La posición de Chile no tiene sustento de un juez. Otra cosa sería que un juez lo diga. Mientras, es simplemente una afirmación que no puede comprobar. Entonces bueno, ¿quién lo dice? Lo dice Chile, pero yo quiero que lo diga un juez de Colombia o Ecuador. Mientras eso no ocurra, el jugador sigue siendo considerado como ecuatoriano”.

—¿Y la tesis de que Bayron Javier sería un hermano de Byron David?

“En la investigación de la FEF, me parece, se dijo que Bayron Javier era el hermano mayor de Byron David, que algo pasó, no sé si falleció, pero desconozco en qué terminó ese argumento”.

—Si hipotéticamente Chile demuestra que el acta ecuatoriana es falsa, ¿en qué posición queda Ecuador de cara al Mundial?

“Si se llega a determinar que el jugador adulteró documentos, entendería que FIFA tendría que sancionar al jugador, no a la federación, porque en ese caso fue el jugador el que adulteró, no la federación. Distinto es el caso de lo que ocurrió con Bolivia, que inscribió a un jugador (Nelson Cabrera) erróneamente, sin cumplir los protocolos. En este caso, Ecuador lo inscribe en base a la documentación que el propio jugador le da, y en base a la sentencia de un juez. Si existiese pronunciamiento judicial que dijera que el jugador adulteró documentos, la FEF no tiene responsabilidad alguna, porque no es la que adultera, sino que el jugador”.

—¿Ecuador no corre riesgo alguno?

“No, ninguno. Primero, no creo que el documento sea falso, creo que Byron Castillo es ecuatoriano y yo creo que es ecuatoriano hasta que se demuestre lo contrario. Y segundo, en el evento que un juez, no FIFA, porque FIFA no tiene jurisdicción o facultad para sancionar si un documento es falso o si una persona lo adulteró, porque eso solo lo hace un juez... si un juez en Ecuador o Colombia determina que el jugador cometió el delito de falsificar, no veo responsabilidad de la FEF”.

—Carlezzo, abogado de Chile, dice que Castillo jamás ha declarado en ningún proceso.

“Él inicio en 2021 un proceso para que el Registro Civil demuestre que falsificó un documento, y el Registro Civil no lo pudo demostrar. Y según la Constitución Política no le pueden quitar la nacionalidad así como así. El juez dice que es ecuatoriano hasta que no se demuestre lo contrario, y no puede quitarle la nacionalidad porque el Registro Civil dice que hay inconsistencias. La carga de la prueba le corresponde al Registro Civil, y si éste no demuestra que el documento es falso, no se le puede privar a una persona los derechos de nacionalidad”.

—¿Cree que mientras no se dirima el caso, la FIFA puede inhabilitar solo al jugador y no a Ecuador?

“Podría ser. El único que podía inhabilitar sería la FIFA o la FEF, que no creo que se contradiga, a menos que no lo convoque para no tener problemas en el Mundial”.

—¿Una suspensión provisional del jugador?

“No creo, porque FIFA protege los derechos laborales y nunca ha suspendido a un jugador provisionalmente por este tipo de cosas”.

—Si un abogado como Carlezzo afirma que un documento es falso y no lo comprueba con sentencia judicial, ¿arriesga algo?

“Si estuviéramos en Ecuador y una persona imputa falsamente un delito, hace daño moral e incurre en el delito de calumnia. Tendrá que ver el jugador dónde inicia acciones, si se da el caso”.

—Es un caso muy mediático.

“Lo es, pero acá se ve como un tema más político porque a fin de año hay elecciones en la federación chilena”.


Antonio Valencia

es redactor de Deportes El Mercurio.

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