"...Sin perjuicio de rescatar la validez de la protección penal de una actividad económica relevante en el país frente a un fenómeno que la ha afectado significativamente, ello no puede implicar la falta de cierta rigurosidad al momento de introducir normas penales en cualquier ámbito en el que se requiera...."
"...Existen dudas razonables de que los motivos por los cuales se adoptó un diseño de proceso de elaboración de normas constitucionales que se asemeja al proceso legislativo chileno no miran tanto a promover o maximizar consensos o acuerdos, sino más bien a contar con diferentes puntos de veto y, en general, pensados a favor de la Comisión Experta (o un grupo de comisionados al interior de esta)..."
"...De cara al proceso constituyente '3.0', las leyes de supramayoría deberían desaparecer en un sistema republicano democrático que haga posible el juego de mayorías-minorías, como clave de decisión política legislativa, gubernativa y administrativa. De esa manera, la ley como decisión de mayoría de un Parlamento representativo recupera su centralidad como fuente formal del derecho y se refuerza así la democracia..."
"...La Corte Suprema reconoce que la concurrencia de supuestos (...) bien podrían configurar una causal exculpante de la responsabilidad administrativa, lo que adquiere especial relevancia en aquellos casos en los cuales los sujetos regulados deben observar normas y/o medidas impuestas por diversas autoridades administrativas que resultan incompatibles entre sí, por cuanto el cumplimiento de una de ella puede configurar el incumplimiento de la otra..."
"...El proceso constituyente en el que nos encontramos inserto podría ser una buena oportunidad para acotar expresamente esta potestad normativa, que ha tenido un amplio desarrollo en Iberoamérica, transformándose en verdaderas 'leyes locales', siendo aconsejable además el estar sujetas a un control preventivo de juridicidad por parte de la Contraloría General de la República..."