Tanto el Escudo de las Américas como los dos proyectos de ley sobre seguridad más importantes que impulsa el Gobierno se erigen sobre la base de hacer registros de personas y organizaciones delictuales. El sentido y efecto de tales listas no resulta coherente con la separación de poderes.
Los dos proyectos de ley enfrentan cuestionamientos por “iliberales” y el acuerdo internacional, por poner en entredicho la soberanía. El Gobierno intenta acallar esas críticas prometiendo morigerar las consecuencias que acarrea la inclusión en estas listas nacionales y afirmando que el concepto de soberanía continental, contenido en el acuerdo, no le otorga a Estados Unidos ninguna capacidad de intervención, lo que se contradice con las palabras de Trump al anunciarlo.
Pero antes incluso que tales debates, el Gobierno debiera explicar cómo es que estos listados delictuales, elaborados desde el poder político, pueden resultar eficaces en abatir la delincuencia y ser compatibles con los principios de la democracia liberal.
Los listados delictuales en los dos proyectos del Gobierno tienen un alcance distinto a los de vigilancia y control policial, que podrían justificarlos. En el caso de los actos vandálicos y las incivilidades, el registro es de personas condenadas. El Presidente queda facultado para privar de ciertos derechos sociales a quienes figuren en esas listas. La pérdida de un derecho es una pena. Una pena impuesta por el Ejecutivo —quienquiera sea el servicio que maneje el Registro— necesariamente será inconstitucional. Si el legislador quisiera privar de algún derecho social a las personas condenadas por actos vandálicos, lo que corresponde en un Estado de Derecho es anexar tales sanciones a los tipos penales a los que se les quiera vincular, para que así los jueces las apliquen.
En el proyecto de reforma constitucional, la cuestión del registro presenta problemas aún más serios. Se propone habilitar a la ley a crear “registros de organizaciones criminales cuya inclusión producirá efectos en la determinación de la responsabilidad penal de sus integrantes”. El proyecto guarda irresponsable silencio acerca de cuáles serán tales efectos. Mayor alarma despierta el hecho de que sea el Presidente quien detente el poder de “declarar que una agrupación constituye una organización de crimen organizado”.
En el acuerdo Escudo de las Américas, el Presidente ha contraído obligaciones que van más allá de sus poderes. Ha declarado que 24 organizaciones son narcoterroristas, sin que medie sentencia judicial, y se ha comprometido a imponerles, entre otras medidas, la congelación de sus activos y responsabilidad penal para las personas que les proporcionen apoyo, cuestiones que solo cabe determinar y decidir a jueces y fiscales, que son órganos independientes. Así, en el primer acuerdo internacional que suscribe el Gobierno, el Presidente incurre también en análogo vicio democrático al que presentan sus proyectos de ley: el de pretender atribuciones judiciales que no posee. En las democracias liberales los poderes están separados y solo los jueces pueden determinar quién es delincuente (ha cometido un delito) y determinar la pena.
Son acertadas las recientes declaraciones del ministro Arrau, quien sostuvo esta semana que debiera dedicar entre 80 y 90% de su tiempo a la gestión. El resto, creo yo, debiera destinarlo a elaborar y defender las reformas capaces de hacer más eficiente esa gestión. Deslizarse por la pendiente resbaladiza de los fuegos fatuos de medidas llamativas que son incompatibles con las instituciones de la democracia liberal, no promete eficacia y arriesgan —en cuanto conducen a errores y excesos en el combate al delito— minar la legitimidad del monopolio estatal en el uso de la fuerza.