¿Se puede ser infiel por soñar con otra mujer?, como cantaba Camilo Sesto. Se puede infringir la ley por contestar una pregunta hipotética con una respuesta ilegal. Alguna vez en una comida con unos tragos de más le habrán preguntado, “¿si violaran a tu hija matarías al violador? Y usted —en la seguridad de la comida y con el coraje que otorgan los efluvios alcohólicos— contesta: “Con saña. Primero lo emasculo y después lo mato de a poco para que sufra”. La pregunta es si eso lo transforma a usted en asesino, y la respuesta obvia es que no, ni siquiera en grado de tentativa frustrada.
Lo mismo acaba de analizar el Tribunal Constitucional rechazando la denuncia presentada por algunos honorables en contra de Johannes Kaiser. Lo hizo por razones formales evitando meterse en honduras, dado que la sanción es la cesación en el cargo y el diputado dejó de serlo el 11 de marzo pasado, el TC consideró innecesario resolver más allá. Eso es lo correcto y no tiene nada de raro, lo que resulta novedoso y preocupante es que haya sido en fallo dividido, y que 3 ministros hayan estado por condenarlo.
11 diputados entre los que se encontraban algunos con impecables credenciales democráticas como las comunistas Hertz y Cariola, que apoyaron el intento de destitución del presidente Piñera, presentaron un recurso al TC pidiendo se sancionara a Johannes Kaiser por sus declaraciones públicas en campaña. El no dijo que admiraba a psicópatas asesinos como Lenin o Ho Chi Min, sino que contestó la siguiente pregunta del periodista Tomás Mosciatti: “Si se dieran las mismas circunstancias que en 1973, ¿usted apoyaría un nuevo golpe de Estado?”. El entonces diputado responde: “Sin duda, absolutamente.” El conductor, insiste: “¿Con todas las consecuencias?”. A lo que el diputado Kaiser responde: “Con todas las consecuencias, lamentablemente. Y eso es algo de lo que tenemos que hacernos cargo”. Más adelante el entrevistado aclara que jamás apoyaría violaciones a los DD.HH., lo que lo distancia de algunos de los denunciantes que todavía las defienden en los paraísos comunistas que quedan como Cuba y Corea del Norte.
A juicio de los requirentes, estos hechos configuran una vulneración del artículo 60, sosteniendo que el señor Kaiser ha propiciado el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece la Constitución. El artículo dispone que “cesará, asimismo, en sus funciones el diputado o senador que de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la nación”.
Los votos disidentes reclaman que la jurisdicción del tribunal permanece vigente respecto de los honorables ad infinitum y que los dichos de Kaiser son de tal gravedad, aunque sean hipotéticos, que debe ser condenado, impidiéndole además asumir cargos de elección popular por dos años según manda la misma Constitución.
El fallo en el que vale la pena detenerse es en la prevención del ministro Mera, un juez profesional a quien la política le es ajena y el derecho muy cercano. Él sienta la sana doctrina: el artículo 60 debe ser interpretado restrictivamente por 2 razones: limita la libertad de expresión y puede alterar la voluntad democrática expresada en las urnas. Siendo así, no puede aplicarse a alguien que ya cesó en el cargo si el texto no lo permite. Pero no para ahí, además dice que la Constitución no está para sancionar preguntas hipotéticas sobre imposibles fácticos, como que se repitan exactamente igual eventos históricos del pasado. Habla bien de la integración del TC, que existan jueces profesionales, nos da la tranquilidad que incluso tratándose de la interpretación de un texto político el derecho termina por imponerse sobre los que disfrazan sus preferencias políticas de derecho. Como decía el juez Scalía, “sería muy mal juez si siempre estuviera de acuerdo con mis sentencias”. Los jueces están llamados a fallar conforme a derecho, no de acuerdo a su preferencias ideológicas, eso es lo que protege a la democracia y el Estado de Derecho, no la sanción de exdiputados por las respuestas que den a preguntas hipotéticas sobre eventos imposibles.
No deja de haber algo poético en que Camilo Sesto termine inspirando a los jueces en la defensa de la libertad de expresión.