Sospecho que a muchos chilenos les pasa con creciente frecuencia que, estando fuera de Chile, alguien los felicita con alguna frase del tipo: “Chile tiene la suerte de ser un país con instituciones serias, respetadas, donde se acostumbraron a hacer las cosas bien”, y que en ese momento se enfrentan al dilema entre dar un simple “muchas gracias” y cambiar de tema, o respirar profundo y ponerse a intentar explicar algunos de los muchos titulares que han dominado nuestra prensa en los últimos años.
Sabemos que el tema es central. La relación estrecha entre solidez institucional y el progreso de los países ha sido largamente documentada por distintos autores.
Lamentablemente, de acuerdo al Índice que mide Estado de Derecho del World Justice Project, Chile pasó del lugar 26 el año 2015 al 36 el 2024. La involución institucional de Chile ya no es solo una cuestión que percibimos anecdóticamente, sino que además se manifiesta para cualquier observador atento de la realidad, y representa una caída tanto en el valor absoluto de ese indicador como de nuestra posición relativa en el mundo.
En materia institucional, probablemente estemos en una categoría única: seguimos siendo un país con “buen lejos”.
El problema es que ni las decisiones de inversión de los que ven Chile desde fuera ni la experiencia vital de quienes vivimos aquí dentro se experimentan “desde lejos”. El deterioro institucional pasa, más temprano que tarde, la cuenta.
Probablemente la marca principal de un país serio sea que sus instituciones, mejores o peores, perfectibles a todo evento, son tomadas en serio por sus actores institucionales. Con esa definición esencial a favor del respeto a las reglas, incluso se puede prescindir de tener una Constitución escrita, como los ingleses. En ausencia de esa opción cultural por respetarla, importa poco cuántos cientos de artículos se redacten intentando “arriar” la conducta de los propios actores institucionales.
La erosión de nuestra institucionalidad no pasa necesariamente por conductas que pudiesen terminar en los tribunales. Las “trampitas” tienen esa gracia, simulan respeto para faltarlo, se ajustan al borde de lo literal para violar el fondo. Lamentablemente no tenemos que escarbar demasiado profundo ni ir muy atrás en nuestra historia para encontrar ejemplos.
¿Cómo se hace para presentar un proyecto que viola la norma constitucional que entrega al Ejecutivo la iniciativa exclusiva para legislar en ciertas materias? Muy simple, si usted es parlamentario, redacte nomás su proyecto, pero antes de presentarlo póngale arriba el título de “Reforma Constitucional”. Así, con absoluto respeto literal a las normas, nacieron por ejemplo los retiros.
Pasó la pandemia… pero sobrevivió la trampa: violando la norma sobre iniciativa exclusiva del Presidente de la República, un grupo transversal de parlamentarios presentó como reforma constitucional un proyecto que exime a algunos chilenos del pago de contribuciones.
Ni más ni menos que la ley del royalty que se aprobó el año 2023 inició como una moción parlamentaria, violando la iniciativa presidencial en materia tributaria. Después de haber completado su tramitación en la Cámara de Diputados y una vez comenzada ya su tramitación en el Senado, el Ejecutivo recién se hizo parte de la discusión.
Otra muestra de “chispeza” institucional es usar la Ley de Presupuestos para legislar sobre el fondo de temas sectoriales. El presupuesto corresponde a una ley que tiene vigencia de un año y que tiene un plazo breve de tramitación, máximo 60 días, lo que tiene sentido en la medida que efectivamente sea el presupuesto anual de la nación. Pero, por ejemplo, en el segundo período de la presidenta Bachelet se aprobó vía Ley de Presupuestos la gratuidad universitaria, lo que hoy representa uno de los más cuantiosos programas de gasto del Estado.
La creatividad permite también que, simulando leyes interpretativas, vía propuesta parlamentaria, se modifiquen leyes que son exclusivamente de materia presidencial. Tal ha sido el caso de la moción parlamentaria que establece el criterio de confianza legítima en dos años para el caso de los contratos a contrata en la administración estatal, con lo cual después de ese plazo rigen similares causales de los empleados de planta que gozan prácticamente de inamovilidad.
En medio del debate sobre posibles correcciones a evidentes problemas del sistema político, no estaría demás reparar en la importancia de, junto con racionalizar normas electorales y de funcionamiento de los partidos, robustecer aquellas que afectan la solidez institucional de Chile.