El proyecto de ley de Transición Energética, enviado por el ministro del ramo al Congreso, ha desatado debates ásperos y acusaciones cruzadas. Como diría el Presidente, el ambiente se ha puesto “eléctrico”. Imágenes poéticas aparte, lo que está en juego es el bolsillo del consumidor.
Partamos señalando que la transición energética, desde combustibles fósiles a fuentes renovables, viene ocurriendo desde hace ya tiempo en Chile. En efecto, en 2022, y como consecuencia de inversiones pasadas, la generación eólica y solar en nuestro país superó por primera vez a la del carbón. Ello, además, con precios comparativamente bajos por estándares internacionales y sin subsidios. Pocos países pueden exhibir este récord.
“No lo arregle si no se ha roto”, reza una máxima conservadora. Pero el Gobierno, naturalmente averso a tales máximas, busca reformar el sistema eléctrico.
Destaquemos primero lo positivo de la iniciativa. Acertadamente, identifica a la transmisión eléctrica como palanca para continuar desarrollando energías renovables.
Veamos. El Norte Grande (NG) tiene la mayor radiación solar del mundo, pero está lejos de los grandes centros de consumo eléctrico, ubicados en la zona central. Cuando un generador celebra un contrato de abastecimiento con un cliente ubicado en la zona central, esperando servirlo, por ejemplo, con generación solar en el NG, debe inyectar allí energía, para luego retirarla en la zona central. Por la inyección percibe el precio spot que prevalece en ese momento en el NG, mientras que, por los retiros, debe pagar el precio spot prevaleciente en la zona central. Si la transmisión funciona holgadamente, ambos precios serán similares, porque la oferta de energía del norte podrá despacharse sin fricciones al centro, tendiendo a igualar los precios en ambas zonas. En cambio, si hay cuellos de botella en transmisión, y de hecho los hay, el precio spot de la zona central podrá superar largamente al del NG, afectando adversamente al generador solar del NG. De ahí la relevancia de la transmisión para la transición energética.
Una parte del proyecto de ley procura remover trabas a las inversiones en transmisión, lo que es positivo para la transición energética.
Vamos ahora a lo controversial: el bolsillo del consumidor. El consumidor remunera al propietario de la infraestructura de transmisión, pero, por otro lado, puede percibir “ingresos tarifarios”.
Para entender cuándo tienen lugar dichos ingresos, ilustramos con un ejemplo. Le sugiero tomar papel y lápiz. Supongamos que existe solo un generador, solar, en el norte, que se ha comprometido a proveer 3 “unidades de energía” a un consumidor del centro. Pero la transmisión tiene cuello de botella y puede inyectar solo una unidad de energía en el norte porque la línea no da para más y por ello recibe un precio spot igual a cero, que corresponde al costo variable de la energía solar. Para cumplirle al consumidor, debe retirar tres unidades de energía desde el centro, a un precio spot de, digamos, $10 por unidad, pagando así $30 al sistema. Pero en el centro se generaron solo dos unidades de energía porque la tercera venía del norte. Así es que sobran $10, porque las dos unidades de energía producidas en el centro solo requieren $20 para despacharse, $10 por cada una. Esos $10 que sobran constituyen un “ingreso tarifario”.
Dicho ingreso le pertenece legítimamente al consumidor. No al generador del norte, que inyectó energía donde el precio es cero. Tampoco a los del centro, que se pagaron con el precio spot. Y en ningún caso a la infraestructura de transmisión, remunerada íntegramente por el consumidor. Los $10 que “sobran” son del consumidor.
Siguiendo con el ejemplo: ¿perderá dinero el generador solar del norte? Depende. Si el contrato con su cliente lo celebró a un precio mayor al precio spot del centro, que cambia continuamente para equilibrar oferta y demanda, ganará; de lo contrario, perderá. Su resultado, entonces, no solo depende de la diferencia de precios spot entre norte y centro, sino también, crucialmente, del precio al que libremente celebró su contrato.
Parte del diferencial de precios spot entre norte y centro, que en el ejemplo genera ingresos tarifarios al consumidor, al tiempo que afecta adversamente al generador del norte, podría deberse a que una obra específica de transmisión, aprobada y programada, se retrasó. En este caso, la actual normativa permite que el generador participe de aquella parte de los ingresos tarifarios que tuvieron lugar a causa del retraso en dicha obra. Ello tiene sentido, porque el retraso de una obra, con la que el generador contaba cuando decidió invertir, no está bajo su control.
Pues bien. Con el proyecto de ley, ahora bastará con que los ingresos tarifarios sean elevados (“extraordinarios”) para que el generador afligido participe de ellos, con independencia de cuál fue su causa. Eso tiene bastante menos sentido, porque el inversionista afectado por el diferencial de precios entre inyección y retiros, no causado por el retraso de obras específicas, sufre por sus propias decisiones, relativas a dónde generar y qué contratos celebrar. No parece justo que el consumidor auxilie al inversionista cuando este se equivoca.
Esta propuesta ocurre en un momento en que varias empresas, no precisamente pymes, que invirtieron en energía solar en el norte para abastecer al centro, andan afligidas de caja, en no menor medida porque comprometieron precios temerariamente bajos en sus contratos. Les vendría bien una redistribución del tipo “Hood Robin” de los ingresos tarifarios, como la que propone el proyecto de ley. La coincidencia ha levantado la sospecha de cambios en las reglas del juego para atender a empresas en problemas, en desmedro del consumidor.
A ello, el ministro de Energía ha respondido que su propuesta se fundaría en cálculos que serían favorables a los consumidores: no les convendría hoy, pero sí a futuro. Dichos cálculos, junto con sus supuestos, deberían transparentarse con total detalle para un público examen. En ausencia de ello, continuará el olorcillo a lobby, que torna agrio el debate y eléctrico el ambiente.