Señor Director:
La objeción más frecuente a la propuesta que he venido desarrollando es directa: “esto no es más que un nuevo impuesto al uso de las calles y caminos”. La crítica parece razonable, pero confunde dos conceptos económicos distintos.
Un impuesto financia el conjunto de las funciones del Estado y no guarda relación directa entre lo que paga cada contribuyente y el beneficio que recibe. Un derecho de uso es otra cosa: es el pago por utilizar los servicios de un bien cuyo costo económico puede estimarse y del cual el usuario obtiene un beneficio directo. Cuando una familia paga el agua potable, la electricidad o un peaje, no paga un impuesto: paga por un servicio tarificado por el Estado, por tratarse de monopolios naturales, que exige inversión, operación y mantención permanentes.
La red de calles, caminos y autopistas reúne exactamente esas condiciones. Es un activo de enorme valor, cuyo propietario es el Estado, cuyo costo y tarifa puede calcularse con la misma metodología de “empresa eficiente” que Chile aplica desde hace décadas a las sanitarias y a la distribución eléctrica. La propuesta no parte preguntando cuánto necesita recaudar el Estado, sino cuánto cuesta prestar bien ese servicio.
La diferencia no es semántica: cambia por completo la forma de entender el financiamiento público.
Los impuestos deben financiar aquellas funciones cuyos beneficiarios no pueden identificarse individualmente. Los derechos de uso deben financiar servicios cuyos usuarios sí pueden identificarse y cuyo costo puede estimarse. Por ejemplo, la infraestructura vial y los aeropuertos pertenecen, sin duda, al segundo grupo.
Jorge Claro Mimica
Ingeniero civil y comercial