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Cartas
Jueves 15 de enero de 2026
Caso Gatica versus caso Campillai
Señor Director:
A propósito de la absolución en el caso Gatica, han reaparecido con entusiasmo categorías curiosas: “penalistas de izquierda”, “penalistas de derecha”, jueces garantistas y jueces punitivos, y creo que conviene hacer una aclaración.
En el derecho penal no existen trincheras ideológicas legítimas. Existe —o debería primar— el estricto sometimiento al principio de legalidad. O se respeta, o no se respeta. Todo lo demás es literatura política.
He sido defensor del excapitán Patricio Maturana en el caso Campillai y, precisamente por esa experiencia, sostengo algo que incomoda a muchos: es perfectamente posible que una sentencia sea jurídicamente válida y, al mismo tiempo, profundamente injusta, sobre todo cuando aquella se dicta a la sazón de los vientos políticos que soplen en un momento determinado.
El problema surge cuando se pretende evaluar fallos no desde el derecho, sino desde la emoción, el clima político o la presión social del momento. Si la ley que regula el uso de la fuerza sirve para condenar en un caso y para ser ignorada en otro estructuralmente comparable, entonces no estamos ante un debate doctrinario, sino ante una grave erosión de la igualdad ante la ley. Y cuando el derecho penal se ajusta al pulso de la calle, deja de ser norma para convertirse en relato.
Por lo mismo, cuando el ordenamiento jurídico —aplicado correctamente— produce resultados que la sociedad percibe como intolerables o injustos, la solución no es forzar al juez a fallar “con conciencia social”, ni desacreditar sentencias desde el poder político, quizás la solución, precisamente, sea otra: el indulto, asumido con responsabilidad y sin disfraz, como una herramienta excepcional del sistema, que reconoce la validez del fallo, pero corrige sus efectos humanos y sociales.
Creo que aquella salida debe ser evaluada seriamente en el caso de don Patricio Maturana Ojeda.
Felipe Solís Cruz
Abogado