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Editorial
Domingo 27 de abril de 2025
Sexo, mujer, identidad y cultura
Abordar la no discriminación demanda ir más allá de meros eslóganes.
Un reciente fallo de la Corte Suprema británica establece que, para efectos de la Ley de Igualdad, los cupos y espacios asignados a mujeres solo pueden ser utilizados por quienes pertenecen al sexo femenino biológico. Aunque ese no fue su propósito, la sentencia abre un importante debate público que va más allá de los meros aspectos legales involucrados. La Corte no entró en ese debate, pero aclaró que su fallo no pretende definir políticas públicas —como lamentablemente ha tendido a ocurrir en Chile con algunas resoluciones de nuestra Corte Suprema—, sino solo precisar el significado de la palabra mujer a la luz de los códigos ya existentes, y que cambiar ese significado implica cambiar las leyes, algo que no le corresponde hacer. El tribunal indicó además que, a pesar de ello, las personas sexualmente masculinas que no se identifican con su sexo biológico igualmente tienen derecho legal a la no discriminación, pero no pueden ser consideradas para ocupar puestos de trabajo o utilizar servicios públicos definidos para mujeres.
Todo esto vuelve a poner el foco en el carácter biológico o cultural del sexo. La definición cromosómica —XX o XY— implica la existencia de dos polos biológicos, femenino y masculino, fuertemente ligados a la reproducción. Pero, además, estudios científicos en múltiples sociedades evidencian que las psiquis evolucionadas asociadas a esos polos tienen características diferentes en ciertos aspectos específicos. De ahí que considerar al sexo, y al género asociado, como un fenómeno meramente cultural no sea apropiado. Así, el que una persona considere que su identidad psíquica no corresponde a la del sexo de su cuerpo, sino a la del sexo opuesto, significa que percibe y reconoce la distinción entre ambas. Entiende a esas dos categorías como parte de lo humano, independientemente de sus propias vivencias. Para que ello sea posible, y en concordancia con lo que afirma la ciencia moderna, las concepciones que las personas tienen de las psiquis femenina y masculina deben haberse arraigado en su mente como resultado de diferencias adquiridas evolutivamente, y no como meros constructos sociales. Aun así, la cultura no es neutral en estas materias, pero su rol no tiene la hegemonía que se le ha querido dar.
Esto no significa que las identidades que esas personas manifiestan no sean reales y válidas, sino, más bien, que ellas no son el resultado de construcciones culturales antojadizas, sino de fenómenos complejos no completamente comprendidos, como la manera en que se establece la orientación sexual en las personas, o de su identidad de género, más cercana o alejada de los polos masculino y femenino. De ahí que tratar la no discriminación respecto de esas personas requiere de distinciones legales más sutiles que meros eslóganes desplegados con fines políticos.