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Cartas
Miércoles 02 de abril de 2025
La burocracia...
Señor Director:
Recibí carta Resolución Nro. A05/14.2024, del 5 de agosto del año pasado, del Servicio de Impuestos Internos, en la cual indica que se ha dispuesto la rectificación de giros o cobros de contribuciones de un bien raíz perteneciente a mi padre ya fallecido, propiedad que ahora es parte de la sucesión de mi familia y está ubicada en Quillota. En dicho documento se indica que concurra a la Tesorería General de la República (TGR) con el objeto de solicitar la devolución de los pagos realizados o que dichos montos sean descontados de los nuevos cobros.
Acudí ese mismo mes a la TGR de Ñuñoa; en esa ocasión me indican la documentación que debo presentar. Con estos antecedentes me presento en la TGR de Quillota, donde señalan que la carta del SII es un error y no puedo continuar con este trámite. Voy a la casa central de la TGR, donde indican que la documentación está bien y que haga el trámite por internet, ya que es más rápido, y que es mejor realizarlo en enero de 2025.
Inicié este trámite en enero, por web; ahí pidieron poder notarial con código QR, luego tenía que indicar dónde hacer la devolución y me cerraron el caso. Nuevamente por sugerencia del contact center lo solicité por web, piden ahora un nuevo CBR (nuevo cobro).
Finalmente, después de varios intentos por medio de solicitudes por web, solicito que sea abonado a las contribuciones del presente año, y me indican que no es posible, ya que falta una “cartola del Banco donde es cuentacorrentista y aparece el cargo del pago”, no obstante estar los comprobantes respectivos del pago tanto del SII como de la TGR.
La burocracia, el reason why.
Samuel Araya O.