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Editorial
Sábado 04 de enero de 2025
Bochorno ambiental
El rol político del comité no puede ser una excusa para negar la institucionalidad.
El Primer Tribunal Ambiental decidió, el pasado 9 de diciembre, acoger la reclamación que hiciese la empresa Andes Iron en contra del Comité de Ministros que, en enero de 2023, había rechazado el proyecto minero portuario Dominga. El tribunal ordenó un nuevo pronunciamiento de los ministros, el que debía haberse producido en un plazo que venció el pasado 31 de diciembre. Las actuaciones del comité en respuesta a este fallo han sido, sin embargo, lamentables. En una reunión efectuada el pasado 23 de diciembre, los ministros titulares acordaron inhabilitarse y realizar una presentación ante la Contraloría para que esta determine a quién correspondería subrogarlos. Sostienen que de ese modo habrían cumplido formalmente el fallo, pero que no puede haber un pronunciamiento sobre el fondo del asunto sin estar claro quiénes deben integrar el comité. Se trata de un evidente subterfugio, cuya credibilidad no resiste mayor análisis. Más bien parece una forma de eludir lo ordenado, sea por falta de argumentos para insistir en un nuevo rechazo o, tal vez, a la espera de que la Corte Suprema resuelva el recurso presentado por el Servicio de Evaluación Ambiental contra la sentencia del tribunal.
Esta confusa actuación parece alimentada por una inadecuada comprensión de ese fallo y, sobre todo, del propio papel del Comité de Ministros. En efecto, el que este sea una instancia política no le permite actuar fuera del marco institucional, que es lo que se le reprocha en la parte medular del fallo, y tampoco guiarse por meras opiniones. Constituyen finalmente una instancia deliberativa que debe ponderar diversos factores más que el propósito de su propia cartera. Después de todo, se trata de secretarios de Estado y no corresponde, por tanto, la argumentación —que se ha insinuado— de que, por ocupar tal o cual posición, su votación no puede tener otro carácter.
Respecto de Dominga, es bueno recordar que en febrero de 2017 el Sistema de Evaluación Ambiental, la instancia técnica, recomendó su aprobación. Pese ello, en abril de ese año, el Consejo de Evaluación Regional de Coquimbo, con voto dirimente del intendente, rechazó el proyecto, iniciándose un largo proceso de tramitaciones en instancias políticas y judiciales que tuvo un cierre relevante en abril de 2021. Entonces, una sentencia a firme del Primer Tribunal Ambiental falló a favor de la reclamación de los dueños y anuló los pronunciamientos del mencionado consejo y de un comité de ministros celebrado en agosto de 2017.
En ese contexto, en agosto de 2021, la instancia regional aprobó el proyecto, pero la decisión fue a su vez revertida por el cuestionado Comité de Ministros realizado en 2023. Es este último pronunciamiento el que fue declarado ilegal, por recoger argumentos que habían sido descartados en sede judicial. Y es que el rol político del comité no puede ser una excusa para negar la institucionalidad vigente. Al hacerlo, se aparta de una gestión de Estado moderna y acerca sus pronunciamientos a la mera opinión de un grupo de interés específico, la cual, por legítima que sea, no es fruto de una deliberación democrática que debe aspirar a satisfacer el interés general.