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Editorial
Sábado 21 de septiembre de 2024
Designación del contralor
La injustificada demora del Presidente está lejos de ser anecdótica: supone una abierta infracción a sus obligaciones constitucionales.
Más de nueve meses han pasado desde la salida del contralor Jorge Bermúdez, y el Gobierno, ya sea por desidia o cálculo político interesado, ni siquiera ha propuesto un nombre de reemplazo al Senado para designar a su sucesor. Un triste récord en la historia del organismo, que da cuenta del desprecio por el funcionamiento de una institución cuya tarea principal es precisamente controlar la constitucionalidad y la legalidad de la actividad de los órganos de la administración. Ello es todavía más preocupante en momentos en que los distintos poderes del Estado están sufriendo una profunda crisis de credibilidad y en que también nos encaminamos a un proceso electoral en el que, por transparencia, se exigiría contar con un contralor titular en funciones.
Insólitamente, el Gobierno, ante las consultas de la prensa y el emplazamiento de parlamentarios, ha procurado desdramatizar el asunto resaltando que el cargo está siendo desempeñado por una funcionaria en calidad de subrogante. Así, la ministra Camila Vallejo sostuvo que “todos pueden tener la tranquilidad de que la Contraloría sigue cumpliendo a cabalidad sus funciones, aunque todavía no esté nombrado el titular o la titular a su cabeza”. Por su parte, la ministra del Interior, Carolina Tohá, justificó la demora afirmando que “es mejor buscar siempre una propuesta que sepamos de antemano va a tener una buena acogida. En eso se ha estado trabajando”.
Parecen olvidar las autoridades que, mientras dura esta vacancia, el cargo lo ocupa una contralora subrogante que es, además, una de las principales cartas para llenar ese puesto en su titularidad. No es difícil imaginar que una resolución que no le guste al Ejecutivo (o incluso a un grupo relevante de senadores) puede costarle su designación. Y es que, más allá de sus indudables méritos, ella carece de una debida protección institucional —no ejerce sus funciones por un período determinado— que refuerce su independencia. Mientras tanto, sus resoluciones, justa o injustamente, se prestan para todo tipo de especulaciones, como ocurrió, por ejemplo, con el respaldo que hace algunas semanas dio la Contraloría al controvertido spot del Gobierno sobre la reforma de pensiones.
De otro lado, el que transcurridos nueve meses (incluso más, pues se esperaría que bastante antes del término del cargo las autoridades hubieran comenzado a buscar un reemplazante) se siga justificando este vacío en que se “está trabajando en ello” no resulta sostenible. La responsabilidad constitucional del Presidente de la República está en hacer formalmente una propuesta, lo que hasta ahora no ha ocurrido. Incluso si se piensa en el objetivo de lograr la aprobación del Senado, cabe considerar que el quorum para ello es más bajo que el de los ministros de la Corte Suprema o el del fiscal nacional, en los que sí ha habido designaciones.
Esta injustificada demora del Presidente está lejos de constituir un hecho anecdótico: supone una abierta infracción a sus obligaciones constitucionales que debe urgentemente ser reparada.