El Mercurio.com - Blogs : Definiciones en la CMF
Editorial
Martes 14 de noviembre de 2023
Definiciones en la CMF
Es inevitable que cargos de capital muy exigentes repercutan en la disposición y costo del crédito.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deberá tomar importantes definiciones en las próximas semanas respecto de las exigencias de capital para la banca. Así, mientras que en su última reunión de política financiera, el Banco Central —con el informe favorable de la CMF— decidió mantener el cargo extraordinario de capital contracíclico en 0,5%, pronto será el turno del propio regulador y supervisor bancario, el que deberá resolver sobre los cargos de capital que se establecerán conforme con el llamado Pilar II.
En efecto, la Ley de Bancos —basada en los estándares de Basilea— establece cargos de capital a ser cumplidos por estas instituciones. Estos cargos están básicamente relacionados con los riesgos de crédito, de mercado y operacionales en los balances de los bancos. Denominados Pilar I, constituyen el centro de la regulación prudencial. Sin embargo, los acuerdos de Basilea III otorgaron al regulador un espacio para incrementar tales cargos en hasta 4 puntos adicionales de capital, en el caso de que existan riesgos que no estén adecuadamente incorporados en las medidas tradicionales, como, por ejemplo, el riesgo de concentración y el riesgo de descalce de plazos. Los cargos asociados con estos riesgos se denominan Pilar II. Luego de varios años de análisis e informes por parte de la banca, la CMF ha comunicado que a fines de este año promulgará —si lo considerase necesario— las exigencias que se fijarían para las distintas instituciones.
La tarea de la CMF no es sencilla. La importancia de capitalizar los bancos ha sido puesta en evidencia por numerosos casos de inestabilidad recientes, como muestran los problemas vividos a mediados de este año por algunas instituciones en Estados Unidos. Por ello, la decisión exige una clara orientación hacia el objetivo de estabilidad financiera. Pero se trata, sin embargo, de una definición que no está exenta de complejidades.
Desde luego, las mayores exigencias que eventualmente se impongan en base al Pilar II deben ser transparentes y objetivas, de manera de evitar decisiones que puedan ser vistas como arbitrarias. Hasta ahora, los criterios manifestados por la CMF no han sido del todo claros, y existen dudas respecto de su alcance y tamaño. Por lo mismo, será de especial relevancia la comunicación de las definiciones que se adopten, toda vez que la lectura que el mercado pueda hacer de estos cargos podría dar pie a interpretaciones de debilidad incluso respecto de bancos con una alta fortaleza patrimonial.
Por otro lado, es inevitable que cargos de capital muy exigentes repercutan en la disposición y costo del crédito. En este sentido, la coyuntura actual es desafiante, ya que la debilidad de las ventas, las restricciones en el otorgamiento de créditos y las altas tasas de interés están dificultando la situación de muchas empresas. Aunque estrictamente no es parte del mandato de la CMF una preocupación por la situación cíclica de la economía, sus decisiones sí tienen repercusiones sobre ella. Por esto, los posibles cargos de Pilar II —tanto por su tamaño como por su comunicación— deberán ser adecuadamente sopesados por los comisionados para evitar generar un mayor impacto sobre el crédito.