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Cartas
Miércoles 25 de enero de 2023
Acusación a exministra Ríos
Señor Director:
La acusación constitucional es una herramienta de ultima ratio, prevista para castigar transgresiones especialmente graves al orden constitucional. Ella refleja una máxima de Montesquieu: “Para que no se pueda abusar del poder, hay que disponer las cosas para que el poder detenga al poder”.
Pero tan sensible mecanismo puede fácilmente descalibrarse, poniendo en jaque los equilibrios de poder. Además, la acusación constitucional puede desembocar en una restricción severa de derechos fundamentales. En Chile, una vez aprobada esta, la persona acusada queda inhabilitada por cinco años para ejercer toda función pública, sea o no de elección popular. Cabe recordar que tal sanción no es aplicada por ningún tribunal ni descansa en razones estrictamente jurídicas; es impuesta, en cambio, por un órgano cuya entraña y vocación es política.
Por todo lo anterior, la acusación constitucional debe usarse con un máximo sentido de la prudencia y responsabilidad, evitando banalizarla, deformarla o utilizarla con fines partisanos.
Lamentablemente, el libelo contra la exministra Marcela Ríos es un ejemplo de todo lo que no debiera hacerse. Los cargos que se le imputan, basados en causales ambiguas (transgresiones e inejecuciones de la Constitución y de las leyes), no son más que reproches oblicuos a la reciente decisión presidencial de indultar y a otros beneficios carcelarios concedidos a favor de ciertas personas. La crítica política por sí sola no es problemática. Pero la fiebre de acusaciones constitucionales es sintomática de algo más: una crisis de confianza que trasciende a la ciudadanía y alcanza a los propios poderes públicos.
Abusar de esta herramienta excepcional no es el remedio a esa crisis, más bien la agudiza y amenaza con volverla crónica.
Yanira Zúñiga
Profesora Titular
Universidad Austral de Chile