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Cartas
Martes 29 de marzo de 2022
Las AFP y libertad de información
Señor Director:
En los últimos meses la Superintendencia de Pensiones ha venido dictando normas y sancionando distintas campañas publicitarias elaboradas por AFP. En ejercicio de sus potestades normativas ha delimitado dicha actividad únicamente a “...proporcionar al público la información mínima acerca de su capital, inversiones, rentabilidad, comisiones y oficinas, agencias o sucursales”, junto con velar por que la información “no induzca a equívocos o a confusiones, ya sea en cuanto a la realidad institucional o patrimonial o a los fines y fundamentos del sistema”. También dispuso que “la publicidad deberá ajustarse en todo momento a la verdad. No serán aceptables expresiones que directa o indirectamente, o en forma deliberada o no, produzcan ambigüedad en cuanto al contenido del mensaje publicitado”.
Tales disposiciones reglamentarias sin duda vulneran la libertad de información que recoge nuestra Carta Fundamental y que asegura no solo a las personas naturales, sino también a toda institución pública, privada, con o sin fines de lucro. Que las AFP no puedan exponer su punto de vista crítico de los retiros de fondos previsionales o divulgar encuestas de opinión sobre la heredabilidad de los fondos constituye una limitación arbitraria para que dichas entidades puedan promover sus puntos de vista en un tema ciertamente debatible.
Tener un mejor sistema previsional constituye uno de los proyectos incluidos en el programa del actual gobierno y que necesariamente deberá articular y promover, debate en el cual todos los ciudadanos, entidades e instituciones están llamados a exponer sus puntos de vista, desde los opuestos al actual sistema, como No + AFP, a todas las actuales administradoras de pensiones que funcionan en el país.
Pedro Anguita
Abogado