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Cartas
Viernes 14 de febrero de 2020
Protección de datos personales
Señor Director:
Tras la publicación del padrón electoral, el Consejo para la Transparencia consideró que parte de la información disponible no estaba justificada de acuerdo con la finalidad declarada, como es el control de los procesos eleccionarios y plebiscitarios. El Gobierno recogió la preocupación y señaló que estudiará una reforma que proteja los datos personales de los ciudadanos con derecho a voto.
En paralelo, sin embargo, se impulsa una reforma que afecta estos datos en aspectos aún más sensibles. La modificación del sistema notarial y registral crea dos repositorios confiados al Registro Civil. En uno se incorporarán las escrituras públicas y los instrumentos protocolizados o autorizados por un notario, y también las inscripciones, subinscripciones, cancelaciones y demás anotaciones que practique un Conservador.
El otro es el Archivo Digital de Poderes, que recogerá los instrumentos públicos y privados donde conste un poder o mandato, otorgado en Chile o en el extranjero. De modo que por el solo hecho de realizar un trámite en una notaría o conservador, la información contenida en él quedará entregada al escrutinio de cualquier persona a través del Registro Civil. Quien lo desee podrá consultar, por ejemplo, cuántas propiedades tiene alguien, cuál fue el modo de financiar esa adquisición, quiénes son sus mandatarios, a qué transacciones ha llegado, o cuáles han sido sus acuerdos en materia de familia.
Siendo encomiable la digitalización que establece esta reforma, lo razonable es avanzar hacia un acceso a la información concordante con la ley de protección de datos personales y los estándares de la OCDE, sobre todo considerando que Chile ocupa el 83° lugar en el último Índice de Ciberseguridad Global, bastante alejado de la situación de economías similares.
Jaime Alcalde Silva
Profesor de Derecho Privado UC