La Corte Suprema rechazó el último recurso de una notoria empresa inmobiliaria en contra de una resolución del Servicio de Evaluación Ambiental que le impide la construcción de un megaproyecto de dos torres de 38 pisos con 1.078 departamentos en un cuarto de manzana de un barrio de Estación Central. Lo extraordinario de este caso, que sienta un importante precedente en el debate sobre la densificación responsable de la ciudad, es que la sentencia especifica las consecuencias perjudiciales que estos descabellados proyectos tienen para las personas y las comunidades. Si bien el pretendido proyecto cumple con la norma urbanística (en una comuna, en todo caso, que inexplicablemente carece de un Plan Regulador actualizado), no cumple con la norma ambiental, que entre sus factores de evaluación incluye el “medio humano” con dimensiones geográficas, demográficas, antropológicas, socioeconómicas y de bienestar social. Al respecto, la sentencia de la Corte Suprema expresa que se trata de una comuna “...donde es de conocimiento público que se han construido megaproyectos, que por falta de Plan Regulador, han intervenido negativamente en el desplazamiento y la calidad de vida de las personas, no solo de las que habitan en estos edificios, sino que también los vecinos que se ven afectados por la sobrepoblación”.
A estas alturas, el gremio inmobiliario comienza a admitir que la era de los así llamados “guetos verticales” está llegando a su fin, ya sea por los obstáculos judiciales que interpone una ciudadanía descontenta por décadas de evidente abuso y descontrol urbano, como por planes reguladores más estrictos, que también son consecuencia de la opinión pública organizada y necesarios procesos participativos. Mientras los sectores gremiales más conservadores se lamentan en la prensa por la pérdida de oportunidades de negocio (pero sin la menor autocrítica en términos éticos sobre las consecuencias de su negocio en la calidad de la ciudad) y amenazan con un supuesto encarecimiento de la vivienda y una migración de la inversión, los sectores más modernos del gremio visualizan la evolución del proceso de desarrollo urbano de acuerdo con tendencias mundiales, promoviendo una densificación equilibrada, que no implica necesariamente gran altura, en función del espacio y la infraestructura pública. Y es que la densidad de nuestros barrios debe lograrse de acuerdo con su capacidad de resistirla: solo puede permitirse si existen de antemano adecuados anchos de calles y veredas, transporte público, espacio público, servicios y equipamiento; depende de su real impacto en el paisaje urbano y en las comunidades que afecta. Con este notable fallo de la Corte Suprema, a partir de ahora podremos comenzar a exigir un mínimo grado de responsabilidad tanto pública como privada sobre el efecto que gigantescos proyectos edificados tienen sobre nuestra vida cotidiana.