¿Cuál será la razón por la que un 76% de la población se muestra partidaria del proyecto de ley denominado Aula Segura? Toda la extensa oposición basada en que el proyecto sería inconstitucional, que violaría el debido proceso, que iría contra el derecho a la educación del expulsado, que se le estaría marginando en vez de integrarlo, que se trataría de una medida de corto plazo que no mira al fondo del problema, etcétera, se ha mostrado impotente para reducir el abrumador apoyo de la ciudadanía a esta iniciativa del Gobierno.
Lo que sucede, a nuestro juicio, es que el proyecto, acotado como es, ha sido percibido como una medida que, por fin, contribuye a restablecer en las comunidades escolares un principio que lentamente se ha ido debilitando en nuestro sistema educacional en todos sus niveles. Nos referimos al principio de autoridad, cuya vigencia es esencial para que esas comunidades logren los objetivos que persiguen: el aprendizaje y la formación de los estudiantes. El énfasis unilateral en los derechos de los alumnos, la idea de que los establecimientos deben ser "democráticos", la consideración de los profesores como "empleados" de alumnos y apoderados, y de los directores como meros coordinadores y sin poderes efectivos, han ido configurando un ambiente laxo y disolvente, en que los docentes se sienten acorralados e incapaces de imponer un clima de mínimo orden y respeto en las aulas. Las Cortes han contribuido a esta cultura del laissez faire estudiantil, al acoger recursos de protección deducidos para dejar sin efecto medidas disciplinarias exigiendo estándares de debido proceso que, siendo adecuados para sanciones penales, son claramente excesivos para simples correcciones disciplinarias.
Obviamente, no se trata de propiciar un regreso a formas despóticas y arbitrarias de ejercicio del poder en el ámbito escolar. El principio de autoridad debe distinguirse del autoritarismo. Pero es necesario confiar un poco más en la prudencia y buen tino de profesores y directores, de modo que no "juridicemos" en demasía las relaciones interpersonales en los colegios. Los manuales de convivencia escolar no pueden ser códigos penales y un profesor ha de tener la posibilidad, por ejemplo, de expulsar a un alumno del aula sin necesidad de instruir un proceso previo.
Con todo, y teniendo en cuenta que la expulsión o cancelación de la matrícula es la medida disciplinaria más seria que puede sufrir un estudiante, podría salvarse la objeción mayor que se ha hecho al proyecto de ley estableciendo un procedimiento que permita escuchar y evaluar los descargos del estudiante afectado en un tiempo breve pero razonable, y dándole al director la posibilidad de impedir su acceso al establecimiento, como medida cautelar, mientras dicho proceso se tramita.
La ministra Marcela Cubillos ha dicho que teme que esta "suspensión" pueda ser desautorizada por los tribunales por existir fallos que estiman que ella es en sí misma una sanción, de modo que cuando se curse la expulsión se incurriría en una doble penalización de la misma conducta. Tal peligro se neutralizaría si queda bien plasmado en la ley que esta separación transitoria no se aplica como sanción disciplinaria, sino como una medida preventiva que pretende resguardar el derecho de los profesores y de los demás alumnos frente al peligro que representa el estudiante sospechoso de incurrir en actos graves de violencia.
Hace un tiempo Emmanuel Macron reprendió a un escolar que lo trató de manera informal y le exigió amablemente que lo llamara Presidente de la República o señor: "Si quieres hacer la revolución -le acotó-, primero consigue un diploma y aprende a subsistir por ti mismo". El adolescente, lejos de molestarse, pareció agradecido y contestó "sí, señor presidente". Es que el ejercicio sereno pero firme de la autoridad es un instrumento educativo de primer nivel. Ojalá los parlamentarios lo tengan en cuenta y den su aprobación a este proyecto de ley, que aunque de contenido limitado posee un benéfico valor simbólico.