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Editorial
Lunes 21 de mayo de 2018
Pago oportuno de facturas
"La fijación de un plazo máximo para hacer ese pago debe hacerse extensiva a todas las dependencias del Estado con mayor prontitud de la que establece la actual iniciativa legal...".
El tiempo que se toman las empresas para pagar las facturas de sus proveedores, especialmente de pequeñas y medianas empresas (pymes) que las proveen de bienes y servicios, se ha convertido en un símbolo de situaciones de asimetría que se deben atender.
De ahí que el Ejecutivo haya presentado una serie de indicaciones a un proyecto referido a esta materia que se tramitaba en el Congreso, fijando normas especiales en cuanto a plazos y procedimientos de pago a las empresas, principalmente pymes. Especial importancia tiene la fijación en 60 días del plazo máximo de pago sin intereses, o menos si hay acuerdo entre las partes.
Si bien la fijación de plazos desde el Estado no es una solución ideal y tiene aspectos discutibles, parece ser una solución aceptable cuando han fracasado todos los intentos de persuasión para que ello ocurra. Diferir el pago por un producto entregado afecta directamente la competencia y las posibilidades de crecimiento de pequeñas y medianas empresas, grandes generadoras de empleo.
Dadas las asimetrías de poder de negociación, los proveedores pequeños han tenido que aceptar la imposición de las empresas -y en especial del sector público-, sufriendo serios perjuicios. En muchas ocasiones, las pequeñas empresas no han podido sostenerse en esas condiciones y se han visto imposibilitadas de vender sus productos o servicios.
Aunque esta iniciativa se hace extensiva tanto para las empresas privadas como públicas y los organismos dependientes del gobierno central, el Ejecutivo postergó la entrada en vigencia de estas normas respecto de los servicios de salud, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) y las municipalidades, dándoles un plazo de 36 meses en vez de los cuatro meses fijados para el resto. La diferencia de plazo para adaptarse a esta regulación, si bien parece prudente que exista dados los montos involucrados, es excesiva. Ese plazo debe acotarse, sobre todo considerando que es donde está el mayor problema de pago y que el Estado debiera dar el ejemplo como pagador.
En cualquier caso, más allá de la fijación legal de plazos máximos por el Estado, hay prácticas de transparencia que pueden adoptarse y que tienen valor de cara a ciudadanos más vigilantes del comportamiento empresarial. La más importante, y que existe en otros países, es la obligación de las empresas de informar el promedio de días de pago a los proveedores en sus sitios web o memorias. Desde el punto de vista de la reputación corporativa, a ninguna empresa le agradaría aparecer como "mala pagadora", desincentivando esa conducta y, por otra parte, premiando a quienes tengan un mejor comportamiento en esta materia.