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Editorial
Viernes 02 de diciembre de 2016
Patrimonio y responsabilidades públicas
Los estándares que se autoimpuso el candidato Sebastián Piñera en 2009 -con un fideicomiso parcial de inversiones gestionado por entidades chilenas- son hoy estimados insuficientes...
Las inversiones pesqueras de Sebastián Piñera en el Perú han reavivado la polémica acerca de la compatibilidad del ejercicio de las responsabilidades presidenciales con la administración de grandes patrimonios. Más allá de la inquietud que suscitó este caso en particular y que podría explicar parte del descenso de las preferencias en los sondeos, nada hace pensar que este tipo de obstáculos en la carrera electoral del ex Presidente vayan a disminuir y, menos todavía, a desaparecer en los próximos meses. Por otro lado, el episodio pone de manifiesto la insuficiencia de la fórmula adoptada para la gestión de sus inversiones fuera del país -y la falta de sensibilidad pública en los encargados de esa labor- mientras ejerció la Presidencia en comparación con el fideicomiso ciego que voluntariamente constituyó para sus inversiones en Chile.
Ante estos problemas y su previsible incremento, solo cabe reaccionar en forma contundente con una clara definición del ex mandatario al momento de decidirse por emprender una candidatura presidencial, en orden a que, si es elegido, someterá todos sus negocios, sin excepción, a un régimen de administración a cargo de una institución impersonal idealmente de carácter internacional.
Los estándares que se autoimpuso el candidato Sebastián Piñera en 2009 -con un fideicomiso parcial de inversiones gestionado por entidades chilenas- serían hoy estimados insuficientes. El marcado presidencialismo de nuestro régimen político unido a la relativa pequeñez de nuestra economía y comunidad de negocios, y la importancia del patrimonio en cuestión, dificultan dar plena realización a los objetivos de levantar un muro que garantice una administración ciega, sorda y muda en relación con Sebastián Piñera, sus parientes y el círculo de personas y ejecutivos de su confianza. Al parecer solo alguna institución internacional de reconocido prestigio y seriedad podría asumir una función como esta.
Si el contrato y las condiciones de esta administración externa son públicos, no es necesario que lo sea el detalle de los portafolios de inversión de los fondos a su cargo. Nadie tiene derecho a contar con una radiografía de las inversiones que otro realiza, a no ser que exista entre ellos alguna clase de relación comercial que exija o suponga este conocimiento. Por lo tanto, desde que la totalidad de los negocios del candidato o presidente están en manos de una administración completamente autónoma no existe razón alguna para exigir que las decisiones de inversión de ese ente se hagan públicas. Su reserva respecto del mismo funcionario es, incluso, una razón más para que no se den a conocer.
Sin perjuicio de la campaña interesada en poner de relieve este aspecto patrimonial para dificultar la eventual postulación del ex mandatario, que lidera las encuestas de preferencias presidenciales, es un hecho que las fórmulas y figuras legales propuestas hace poco menos de una década están lejos de satisfacer hoy los estándares de separación entre los negocios y la política que se han impuesto en los últimos años. Un político que aspire a altos cargos de elección popular debe tomar nota cabalmente de este cambio en las percepciones. No se trata de que los hombres y mujeres de negocios, o que han desarrollado una actividad privada intensa, no puedan postular a cargos de elección popular o desempeñarse adecuadamente en ellos. Al contrario, la institucionalidad y las buenas prácticas de los candidatos y funcionarios deben hacer posible que el país se beneficie de su aporte a lo público. Los mecanismos para la prevención y solución de los conflictos de interés forman parte de este marco.