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Editorial
Miércoles 28 de septiembre de 2016
Votación de chilenos en el extranjero
Las dificultades provienen principalmente del reducido número de consulados con que cuenta nuestro país, con amplísimas jurisdicciones, limitado por mínimas dotaciones y con instalaciones no habilitadas para locales de votación...
En la proximidad de la promulgación de la ley sobre votaciones de los chilenos domiciliados en el extranjero, la comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados y el subsecretario de Relaciones Exteriores han revisado los aspectos operativos de estos comicios. Se trata de asegurar la confiabilidad y operatividad de las votaciones en el extranjero para las elecciones presidenciales, primarias presidenciales y plebiscitos nacionales que se realicen a partir del próximo año.
Velar por la corrección de estas votaciones cobra importancia: pueden ser decisivas y alterar los resultados de las preferencias de los ciudadanos residentes en el país.
La experiencia internacional indica que la participación de los electores domiciliados en el extranjero en estos actos es minoritaria, incluso en países en que el voto y la inscripción son obligatorios. Sin embargo, se trata de un número apreciable de potenciales votantes, estimado, en nuestro caso, en poco menos de 400.000. Cerca de la mitad de los inscritos en los consulados se encuentran concentrados en Argentina, una cantidad considerable en los Estados Unidos y Canadá, y el resto, bastante diversificado en decenas de otros países y múltiples ciudades.
Las dificultades provienen principalmente del reducido número de consulados con que cuenta nuestro país, con amplísimas jurisdicciones, limitado por mínimas dotaciones y con instalaciones no habilitadas para locales de votación, en los casos en que se espere una asistencia significativa.
Aconsejable sería una reunión consular preparatoria y de capacitación en Santiago. Seguramente está previsto reforzar el personal, disponer de lugares adecuados y lograr el apoyo de la fuerza pública extranjera para mantener el orden del proceso en los locales que se espera sean los más concurridos. También habrá que considerar las dificultades de la aplicación de la extraterritorialidad de la ley para sancionar fraudes y la capacidad de control por los cónsules de los recintos de votación alejados de sus sedes.
Para garantizar la confiabilidad del proceso, limitar los costos al erario nacional y comprobar el verdadero interés de los ciudadanos en participar, habrá que racionalizar el número de recintos.
Determinante para los comicios en el extranjero es que el Servicio Electoral cuente con los medios indispensables, tanto para su organización y supervisión como para la definición de los locales de votación. Y, asimismo, sería valioso el seguimiento preventivo de estos procesos por la comisión de Relaciones de la Cámara de Diputados.