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Cartas
Miércoles 13 de julio de 2016
Caso Cheyre
Señor Director:
El procesamiento de Juan Emilio Cheyre por su presunta complicidad en los homicidios calificados ejecutados por la llamada "Caravana de la Muerte" en el Regimiento Arica de La Serena, el 16 de octubre de 1973, ha suscitado variadas y encontradas reacciones en la opinión pública.
Es comprensible que existan divergencias atendida la gravedad de los hechos imputados, su contexto histórico y la alta investidura que tuvo en su momento el procesado. Lo que en cambio no resulta comprensible, es que con ligereza se insinúen sospechas sobre una presunta motivación política o falta de ecuanimidad del ministro instructor y del proceso en su conjunto.
Si bien a la resolución se le puede criticar la extrema parquedad con que individualiza los elementos concretos del hecho que se imputan al procesado (un defecto lamentablemente común en el sistema penal antiguo), los antecedentes y testimonios que el proceso recogería son lo suficientemente graves como para que la imputación de complicidad resulte perfectamente plausible a la luz de los estándares habituales para la decisión preliminar de procesamiento.
En esta línea, valdría la pena que la opinión pública tuviera también a la vista la versión de los hechos que sirvió de sustento a la solicitud de procesamiento presentada por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. Sin duda, hay muchas cuestiones delicadas que discutir en este caso, algunas de las cuales ya han sido mencionadas en el debate por los medios, pero el escenario en que primero deben discutirse es en el del proceso penal. En otras palabras, no por abusado deja de ser válido, para todos, el llamado a dejar que las instituciones funcionen, tanto para la instrucción del proceso como para el derecho a defensa del inculpado.
Jaime Couso
Mauricio Duce
Héctor Hernández
Fernando Londoño
Sabrina Perret
Cristián Riego
Profesores Facultad de Derecho, U. Diego Portales