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Cartas
Martes 03 de mayo de 2016
Desempeño del Tribunal Constitucional
Señor Director:
Un grupo de profesores y profesoras de Derecho ha calificado como injustas las críticas que se han formulado al Tribunal Constitucional. Lo anterior, a propósito de su sentencia sobre la reforma laboral. Si se analizan con cuidado los argumentos de este grupo, se podrá advertir que ellos son débiles, tanto desde un punto de vista histórico como desde la teoría.
En primer lugar, afirman que el Tribunal "nació" en 1970. Eso es solo formalmente correcto, pero insuficiente para comprender las críticas que hoy se le formulan. El Tribunal Constitucional que se delineó en 1970 tenía como propósito facilitar la política democrática, resolviendo contiendas entre el Ejecutivo y el Congreso. Así lo atestiguan las atribuciones con las que fue dotado. Ese Tribunal fue disuelto en noviembre de 1973, por la fuerza, mediante el DL 119. El sentido del Tribunal creado en 1980, y fortalecido en 2005 -que solo comparte con el anterior su nombre-, fue el de bloquear la política democrática. Salvo por algunas excepciones, como haber logrado que el plebiscito de 1988 se realizara con mínimas garantías electorales, su funcionamiento actual ha bloqueado de manera injustificada los esfuerzos de la política democrática por reformar el modelo neoliberal impuesto por la dictadura.
Es verdad que la justicia constitucional podría jugar un rol relevante en el desarrollo y promoción de los valores políticos de la sociedad en la cual se encuentra inserta. Pero un tribunal como el existente, que cumple una función hostil al principio democrático, no puede hacerlo y no lo ha hecho.
Lo mismo ha de decirse, finalmente, de la idea de que tribunales como el Constitucional son esenciales para el Estado de Derecho y la democracia. Eso será o no verdad según el desempeño de ese tribunal. Si opera en los hechos como una cámara más, en la que las cuestiones se deciden por correlaciones de fuerza y no por el peso del argumento, entonces su contribución al Estado de Derecho será nula. Huelga decir que esa es la manera en que el Tribunal Constitucional chileno ha actuado. Esto es evidente para todo el que observe con tranquilidad, y sin prejuicios, lo que el Tribunal ha hecho, no lo que la teoría dice que hace.
Amaya Álvez; Fernando Atria; Jaime Bassa; Rodrigo Bustos; John Charney; Eduardo Chia; Alberto Coddou; Jorge Contesse; Pablo Contreras; Nicolás Fuster; Ximena Gauché; Matías Guiloff; Claudia Heiss; Raúl Letelier; Domingo Lovera; Pablo Marshall; Carlos Muñoz; Fernando Muñoz; Ernesto Riffo; Constanza Salgado; Claudia Sanhueza; Nicole Selamé; José Luis Ugarte; Christian Viera
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