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Cartas
Jueves 21 de enero de 2016
Ley de Pesca I
Señor Director:
A propósito de la nota publicada ayer en relación al proyecto que busca anular la Ley de Pesca -en que aparezco entrevistado-, se omitió una parte importante de lo que dije, lo que altera el sentido de lo que expresé.
En efecto, luego de explicar que la anulación de leyes no forma parte de las atribuciones del Poder Legislativo chileno, añadí que si la mencionada ley fue aprobada en un proceso viciado -como lo sería el que buena parte de quienes votaron a favor lo hicieron incentivados por aportes económicos de las empresas que recibieron el "regalo regulatorio" que dicha legislación dispuso-, el Congreso debería derogar dicha ley.
En ese caso, añadí, quienes hubieran hecho inversiones a partir de lo que se les otorgó podrían pedir compensaciones, pero los tribunales podrían argumentar que las empresas que pagaron por el voto de parlamentarios para obtener la aprobación de una ley que les beneficia no pueden aprovecharse de su propio dolo.
En suma, más allá de los errores técnico-jurídicos de la iniciativa comentada (como el utilizar una fórmula constitucional que en nuestro país no existe, esto es, la anulación de una ley por el Parlamento), si se confirma que el procedimiento legislativo mediante el cual se realizó el regalo regulatorio cuestionado estuvo seriamente viciado, el Congreso debería enmendar esa situación tan groseramente atentatoria contra el principio democrático mediante una ley derogatoria.
Javier Couso
Director Programa de Derecho Constitucional UDP