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Editorial
Domingo 04 de octubre de 2015
Defensa jurídica internacional de Chile
"Chile carece de una instancia permanente para conducir y coordinar esas defensas. La Cancillería solo atiende los juicios que comprometen la soberanía territorial..."
Con el reciente rechazo de la objeción de competencia sobre la demanda de Bolivia, y considerando la anterior demanda peruana sobre delimitación marítima, Chile podría completar diez años compareciendo ante la Corte de La Haya. Además, como cualquier país, está expuesto crecientemente a la jurisdicción de tribunales extranjeros por responsabilidades patrimoniales del Estado, sus reparticiones y empresas.
Sin embargo, Chile carece de una instancia permanente para conducir y coordinar esas defensas. La Cancillería solo atiende los juicios que comprometen la soberanía territorial, los derivados de su personal en el extranjero y aquellos que afectan el comercio internacional. Por delegación presidencial, el Comité de Inversiones Extranjeras se encarga de los litigios que presenten inversionistas extranjeros y el Ministerio de Justicia se ocupa de aquellos seguidos ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. No hay nada previsto para otras demandas internacionales que arriesguen el patrimonio del Estado o de sus empresas.
La dispersión, la casuística, la falta de institucionalidad, la personalización y la improvisación pueden malograr la defensa de los intereses nacionales distintos de la defensa de la soberanía territorial. Lo más incomprensible es que está ajeno a los litigios fiscales internacionales de carácter patrimonial el servicio por excelencia encargado de la defensa judicial del fisco en los estrados nacionales, el Consejo de Defensa del Estado.
La judicialización de las relaciones internacionales es una realidad por la globalización, por la apertura a los mercados externos, por la interpretación restrictiva de la inmunidad soberana y por la expansión de la jurisdicción de los tribunales internacionales y, consecuentemente, de las responsabilidades internacionales patrimoniales de los Estados.
El Consejo Chileno para las Relaciones Internacionales, hace ya casi tres años, recogió la experiencia de distintos juicios internacionales del Estado, y con la valiosa colaboración de diversos ministerios y reparticiones públicas y de connotados juristas planteó la necesidad y fórmulas para establecer una agencia permanente para la defensa de los intereses nacionales ante cortes extranjeras. A la vez, se ha hecho presente la necesidad de contemplar programas de capacitación y de intercambio en el exterior para que juristas chilenos tengan la capacidad y experiencia necesarias para litigar en derecho internacional público. Es tiempo de asumir la modernidad y solucionar la postergación de enfrentar ambas falencias.