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Cartas
Martes 04 de agosto de 2015
Caso Penta
Señor Director:
El abogado defensor de los dueños de Penta señala que el SII y la fiscalía han perseguido injustamente a sus clientes, aplicando un rigor desmedido y discriminatorio. Asevera que anteriores directores del SII han señalado que emitir boletas ideológicamente falsas no es delito, sino falta, no debiendo sancionarse penalmente el financiamiento irregular de la política. Por último añade que sus representados han reparado el mal causado con creces.
Al respecto considero importante precisar que los contratos forward y las boletas ideológicamente falsas que emitieron ejecutivos del grupo y parientes de los dueños no fueron para financiar la política, sino para evadir impuestos en beneficio propio. El SII ha señalado que dichas evasiones las efectuaron de manera sistemática desde hace al menos 20 años, habiendo pagado las multas e intereses solamente por las evasiones no prescritas, es decir, de los últimos seis años. ¿Se puede considerar que se ha reparado el mal causado cuando el 75% está prescrito y queda impune?
Concuerdo con el abogado en que se debería buscar un acuerdo entre las partes que repare la totalidad del mal causado y beneficie a la sociedad como un todo. El caso de Arturo Vidal es un buen ejemplo de un acuerdo en el cual todos ganaron: el jugador mitigó sus penas a cambio de beneficios a la sociedad vía dictar cursos a escuelas vulnerables y donación de implementos deportivos. Por ahí debería ser la solución y acuerdo en el caso Penta: donaciones reparatorias sustantivas a cambio de mitigar las penas criminales.
Paul Fontaine B.