Aparecieron dos montoncitos de heces humanas en el recinto de la empresa Atlas Logistis Group Retail Services, en Atlanta, Georgia, EE.UU.
La gerencia tomó muestras de los despojos biológicos para extraerles el ADN y así descubrir a los provocadores. Luego de ello, utilizando información sobre el ADN de dos empleados, Jack Lowe y Dennis Reynolds, los acusó de haber ensuciado el lugar.
Estos se querellaron por uso indebido de su información genética y la justicia falló en su favor. Los jueces condenaron a la empresa a pagarles 2,25 millones de dólares (aproximadamente 1.428 millones de pesos) a los dos empleados. El caso aparece publicado en la revista Nature de la semana pasada.
El Acta de no discriminación genética de los EE.UU. protege la privacidad de la información genética. (Para colmo, el ADN en las heces, quedó ulteriormente demostrado, no coincidía con el ADN de los acusados).
Pero, solo por jugar, imaginemos algo peor, que no solo hubieran defecado en el piso del recinto, sino que lo hubieran hecho sobre los computadores, generando ahí un daño mucho mayor que el temporal mal olor de la leve falta original.
Queda así clarísimo que sería conveniente establecer precedentes: nadie debería poder defecar en los recintos de la empresa donde trabaja, salvo en los lugares expresamente dedicados para tal objeto.
Estos recintos, además, deben estar ubicados en lugares hacia los cuales apunten letreros muy visibles. Los letreros deberán estar en el idioma nativo o, en su defecto, mostrar un logotipo reconocible; se debería, eso sí, permitir el uso de abreviaturas extranjeras, como W.C. u otras ampliamente difundidas.
Por otra parte, si la empresa, por algún motivo, posee la información del ADN de sus empleados, está claro que no podrá recurrir al uso de esa información salvo para fines expresamente indicados en el contrato.
En el caso en comento, el contrato debería, por ejemplo, decir a la letra "el empleado autoriza a la empresa usar su información genética para compararla con la de los depósitos biológicos que pudieren ser hallados en sus recintos". En todo caso, un abogado laboral podrá llegar a una redacción más precisa.
Cabe aclarar que las investigaciones policiales ordenadas por un fiscal no están necesariamente regidas por el Acta de no discriminación genética, por lo que si o Jack Lowe o Dennis Reynolds hubieren asesinado a alguien y defecado en el lugar del crimen, el poder judicial sí podría ordenar la comparación de los ADNs correspondientes.
Curiosamente, si consultamos la historia de la ciencia, este caso no podría haberse producido antes de 2003, cuando recién se secuenció el genoma humano, por lo que los casos precedentes, tan valiosos en la justicia de EE.UU., no deben existir.
Otro caso de ciencia al día.