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Cartas
Martes 28 de abril de 2015
Reforma laboral, una mezcla inconveniente
Señor Director:
La primera impresión que genera el proyecto de ley de reforma laboral del Gobierno, desde un punto de vista técnico, es que las grandes materias que propone modificar no distan mucho de las recomendaciones y observaciones que históricamente ha hecho la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de sindicalización y negociación colectiva para lograr una participación sindical importante.
Efectivamente, el proyecto apunta a lograr un sindicato más fuerte como contrapeso al empleador a la hora de negociar beneficios. Tal figura sindical, en la medida que busque exclusivamente asegurar la protección efectiva de los trabajadores, es un objetivo deseable. Dentro de esa lógica de sindicatos poderosos, podemos tomar el ejemplo de Estados Unidos, donde estos están dotados de una serie de herramientas (tanto legales como de facto) que les permiten relacionarse con el empleador en condiciones de igualdad, con el fin de proteger a los trabajadores.
Esta hipótesis de Derecho Colectivo del Trabajo fuerte supone, como contrapartida, un Derecho Individual del Trabajo enormemente flexible. Si seguimos con el ejemplo de EE.UU., la figura de un sindicato con tal poder se hace indispensable solo en la medida de que las relaciones individuales de trabajo otorguen un alto grado de flexibilidad al empleador (atribuyéndole facultades como, por ejemplo, despedir sin causal). En el caso chileno, en cambio, el Derecho Individual del Trabajo puede ser clasificado como uno rígido, esto es, que limita considerablemente las facultades del empleador.
Y la combinación de un Derecho Individual del Trabajo rígido con una figura sindical capaz de frenar las decisiones del empleador implicará necesariamente la afectación de la facultad directiva de la empresa, la que es más propia de todo empleador, la de tomar decisiones comerciales libremente. El proyecto de reforma laboral implicará necesariamente esta combinación indeseable, la que llevará a la empresa a una parálisis que podría, incluso, llegar a ser letal para ella y, consecuencialmente, para sus trabajadores.
Juan Pablo Cabezón Otero
Abogado