En septiembre de 2006 el Estado de Chile era condenado por sus prácticas de secreto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que lo obligó a garantizar el derecho de acceso a la información pública; y a capacitar a los órganos, autoridades y agentes públicos en este sentido. Señala el fallo que la divulgación de la información en poder del Estado habilita a la sociedad civil para controlar las acciones del gobierno, para evitar abusos de los funcionarios gubernamentales, promover la rendición de cuentas y la transparencia dentro del Estado y permitir un debate público sólido e informado.
El tiempo ha pasado y cabe preguntarnos cuánto hemos avanzado en el país en estas materias, cómo lo hemos hecho y qué queda por hacer. Contestar estas preguntas significa reflexionar sobre las condiciones en las que se desarrolla nuestra democracia, y los escándalos develados en el último tiempo confirman que responderlas es una cuestión de primera necesidad.
Importantes pasos se han dado con la publicación de la Ley de Transparencia y el rol fundamental que ha jugado el Consejo para la Transparencia en su aplicación y divulgación, así como por la publicación de la Ley del Lobby . Sin embargo, constatamos con inquietud que las prácticas de secreto siguen presentes en la política y en la administración.
El Gobierno presentó un proyecto de ley para restringir la aplicación de la Ley del Lobby , excluyendo las embajadas y, en general, todo lo que ocurra fuera del territorio nacional; el nombramiento de autoridades por el Senado no responde a criterios participativos ni, muchas veces, de idoneidad; el proyecto de ley sobre financiamiento a la política no establece obligaciones de transparencia activa suficientes ni obliga a los partidos políticos a entregar información a petición de la ciudadanía, a pesar de ser futuros receptores de aportes estatales, los que deberían depender del cumplimiento de dichas obligaciones; las declaraciones de intereses a que los funcionarios públicos están obligados poco o nada nos informan; la reforma para reconocer constitucionalmente la transparencia fue modificada en el Congreso, eliminando la mención expresa al derecho de acceder a la información pública, y pasó a discusión en Comisión Mixta.
Los desafíos son muchos y cabe agregar, por ejemplo, la transparencia de las empresas públicas; de las privadas que proveen servicios o bienes públicos; y de las instancias internacionales. Sin embargo, ante los numerosos proyectos de ley en curso, este momento puede ser aprovechado para que, de manera orgánica y coherente, nuestra normativa fortalezca la transparencia y, con ello, la democracia. En este debate debiese participar activamente una autoridad como el Consejo para la Transparencia, así como lo hará la sociedad civil.
Pensamos que sería la ocasión para que el Estado de Chile promoviera ante la Comisión Interamericana de DD.HH. el derecho de acceso a la información pública en Latinoamérica y, con ello, la democracia representativa.
María José Poblete