El Mercurio.com - Blogs : Servicio penitenciario y derechos humanos
Cartas
Miércoles 03 de septiembre de 2014
Servicio penitenciario y derechos humanos
La privación de libertad, mirada como sanción ante la comisión de un delito, es parte del sistema de justicia penal. En las sociedades democráticas que cuentan con un Estado de Derecho sólido y robusto las personas son recluidas en virtud de resoluciones judiciales provenientes de un juez independiente e imparcial, nombrado por los poderes civiles de la República. En este orden de cosas, la administración penitenciaria debe tener un carácter netamente civil, dejando de lado cualquier impulso que busque militarizar la función de ejecución penal.
¿Por qué no concebir un sistema penitenciario donde los alcaides sean civiles? En países como España e Inglaterra los sistemas penitenciarios cuentan con abogados, sociólogos o psicólogos como jefes de las cárceles. Tal como las escuelas y hospitales, las prisiones son instituciones que deben ser administradas por poderes civiles velando por el bien público. Como ha señalado la Organización para el Desarrollo y la Cooperación Económica, el desarrollo de prisiones administradas por civiles, ligadas a los sistemas de salud y asistencia social, y con fuertes vínculos locales para colaborar en la reintegración social y rehabilitación, puede realizar una contribución importante al control de los delitos y a la estabilidad y paz de la comunidad.
El trabajo en las cárceles de nuestro país es un servicio público. Las autoridades penitenciarias deben responder ante el Poder Legislativo y la comunidad debe ser informada regularmente acerca de la situación y el cumplimiento de los objetivos al interior de las prisiones del país. Resulta también importante que la sociedad en su conjunto reconozca el valor intrínseco del personal penitenciario, debiendo entender la importancia de su función en salvaguardar a la sociedad civil. Generalmente, al pensar en el concepto "cárcel", la sociedad piensa en muros, rejas y ventanas con barrotes, siendo que el aspecto más importante al interior de un establecimiento penitenciario es la dimensión humana. La clave para una prisión bien administrada está en la naturaleza de las relaciones existentes entre el grupo de funcionarios y el grupo de privados de libertad.
Por sobre todo, el personal penitenciario en su calidad de agente del Estado debe comportarse correctamente con las personas privadas de libertad. Si el personal no respeta al recluso como persona y no reconoce su dignidad inherente, es imposible toda consideración de los derechos humanos. El trato digno y humano de parte del personal a los reclusos debe ser el cimiento de todas las actividades de una prisión.
Los principios entonces son claros: nuestro país debe trabajar no solo para contar con un servicio penitenciario que se reconozca como civil, sino también lograr internalizar en su personal que las personas privadas de libertad no dejan de ser humanos por el hecho de estar condenadas. Un juez privó a esa persona de libertad, pero no de su condición humana.
Marco Enríquez-Ominami
Presidente de Fundación Progresa
José Antonio Henríquez
Asesor Área Justicia, Partido Progresista