El Mercurio.com - Blogs : Cotización del 7% en salud
Cartas
Sábado 26 de julio de 2014
Cotización del 7% en salud
Señor Director:
En un artículo publicado en "El Mercurio" hemos leído que la directora del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), Jeanette Vega, plantea que la cotización del 7% de salud es un "impuesto específico a la seguridad social y que debe ser tratado como tal". Es importante precisar que la autoridad de Fonasa cae en un doble error: primero, un "impuesto" es una prestación monetaria de carácter indivisible recabada por el Estado a los particulares para fines de interés general. El hecho jurídico es la capacidad económica y su cobro no está asociado a la utilización de un determinado servicio. En segundo lugar, la cotización de los usuarios del sistema privado de salud es una obligación, emanada de un contrato bilateral y oneroso, intuito personae , de tracto sucesivo. Es un "contrato de seguro que tiene por objeto garantizar el acceso a las prestaciones de salud" (STC ROL 1710 c45º). Tampoco es un impuesto en el caso de Fonasa, pues, aunque no existe contrato, el principio es el mismo. De ahí que la entidad sea conocida como "el seguro público".
La directora establece también una afirmación peligrosa, diciendo que "la cotización del 7% no es de propiedad de las personas". Habría que preguntarse, en primer lugar, de dónde se obtiene esa cotización. Al extraerse del patrimonio de cada cotizante, señalar que no es de propiedad de las personas es una grave imprecisión. Si ella se refiere al excedente de cotizaciones (que no existen en el caso de los asegurados de Fonasa), el artículo 188 DFL Nº1 del 2005 dice que "esos excedentes serán de propiedad del afiliado, aumentando la masa hereditaria en el evento del fallecimiento". Por ende, si estos pertenecen al usuario con mayor razón es la cotización, puesto que, insistimos, constituye una prima de un contrato que, aunque con efectos sociales relevantes, es de seguro.
Toda propuesta de reforma es bienvenida. Lo que no es aceptable es que en pos de una agenda ideológica se desvirtúen los conceptos que sirven de base a la certeza jurídica. Los que pierden con esto son los usuarios.
Máximo Pavez
Fundación Jaime Guzmán