El Mercurio.com - Blogs : ¿Sala especial para mapuches?
Editorial
Sábado 07 de junio de 2014
¿Sala especial para mapuches?
"Crear instancias judiciales segregadas por razones étnicas resulta, pues, particularmente chocante. Si en las causas con imputados de la etnia mapuche los jueces aplican criterios parcialmente distintos de los que rigen para los demás chilenos..."
En la cuenta pública del organismo que dirige, la defensora regional de La Araucanía sostuvo que su próximo desafío es impulsar el establecimiento en el juzgado de garantía de Temuco de una sala especial para imputados de etnia mapuche. A esta se asignaría un defensor especializado y se contaría con la asistencia de un facilitador intercultural para los casos en que el imputado no entienda o no hable fluidamente el castellano. Según explicó, ya existiría un acuerdo en este sentido entre la Defensoría Penal Pública, la Corte de Apelaciones, el Ministerio Público y los jueces del tribunal, por lo que la iniciativa no debería tardar más de dos meses en implementarse.
Este anuncio produce sorpresa e inquietud. En una sociedad hoy tan sensible a los defectos de igualdad, ello se manifiesta en una progresiva desaparición de los regímenes jurídicos excepcionales y, en especial, de las diferencias por razones personales o de fuero en la administración de justicia -un ejemplo de eso es la desconfianza con que algunos contemplan la justicia militar-. Crear instancias judiciales segregadas por razones étnicas resulta, pues, particularmente chocante. Si en las causas con imputados de la etnia mapuche los jueces aplican criterios parcialmente distintos de los que rigen para los demás chilenos -reproche que se ha hecho sentir en más de una oportunidad durante los últimos años-, una sala especial podría terminar por institucionalizar una justicia racialmente sesgada.
La comparación con la justicia penal adolescente, a la cual recurre la defensora regional en su discurso, es inexacta, pues la finalidad del procedimiento y de las sanciones en el derecho penal de jóvenes es diversa de la que informa el derecho penal de adultos. Esto justifica no solo reglas distintas, sino también que a veces se interpreten de modo diverso las normas comunes que se aplican supletoriamente a los adolescentes. Así, tiene sentido que sean jueces especializados quienes conozcan de estas materias. Pero nada de ello ocurre en el caso de los imputados de etnia predominantemente mapuche, que son personas maduras y ciudadanos chilenos en plenitud. Ni siquiera para los inmigrantes con permanencia definitiva existen salas especiales en los tribunales, pese a que algunos de ellos provienen de culturas completamente diversas. Por cierto, es conveniente disponer de traductores y, en su caso, de peritos que expliquen a los jueces aquello que el mismo imputado no esté en condiciones de transmitir. Pero las posibilidades para lidiar con obstáculos objetivos para el derecho a defensa -como el idioma- ya existen en el régimen procesal general y tienen que ser operativas a favor de cualquier imputado y ante cualquier tribunal, y no solo en el marco de regímenes o privilegios excepcionales.