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Cartas
Sábado 12 de octubre de 2013
La píldora del día después
Señor Director:
El doctor Horacio Croxato critica a la Iglesia Católica por haber censurado personeros suyos —según él sin ningún respaldo científico— el uso de la llamada “píldora del día después”, en razón de su posible efecto abortivo, en 2001. Y además el Dr. Croxato ha tratado con desusada acidez en carta de 6 de los corrientes al Dr. Patricio Ventura Juncá por defender a la Iglesia y discrepar de él. Al respecto cabe observar:
I. Antecedentes científicos: En la década de 1970 se discurrieron dos métodos para impedir la implantación del embrión en el útero: el método Yuzpe, a base de etinilestradiolo y de levonorgestrel, y el método progestínico, a base solo de levonorgestrel. Se había demostrado que uno y otro alteraban los niveles correctos de estrógenos y de progesterona elaborados por el ovario, provocando una desincronización en el agrandamiento del endometrio uterino, la que hacía imposible la anidación del embrión, causando su muerte y expulsión (A. W. Horne - J. O. White - E. N. Lalani, “The endometrium and embryo implantation”, en British Medical Journal, 2000, vol. 321, 1.301 s).
Por otra parte, una investigación (Lancet 1998, vol. 352, 428-433) demostró, recogiendo en 21 ciudades de 14 países datos obtenidos de 1.955 mujeres, que era más eficaz el método progestínico, y que impedía el desarrollo del 85% de los embarazos iniciados, mientras que el método Yuzpe solo impedía el desarrollo del 57%. En 2002 C. Kahlenborn, J. B. Stanford y W. H. Larimore, en su trabajo “Post fertilization effect of hormonal emergency contraception (The Annals of Pharmacotherapy”, 2002, vol. 36, 465-470), concluían: “Los datos hoy son altamente conformes con la hipótesis de que los anticonceptivos de emergencia hormonales tienen un efecto posfertilización sobre el endometrio” y “sustentan la posición de que el uso de la contracepción de emergencia no siempre inhibe la ovulación, incluso si ella es empleada en fase preovulatoria, y puede alterar desfavorablemente la estructura endometrial, independientemente de cuándo ella sea usada dentro del ciclo, y con efecto que dura por días”.
II. Cambio intencional del concepto de embarazo: Para esconder estas verdades se ha redefinido el embarazo, diciendo que no comienza con la fecundación —fusión de los gametos—, sino con la anidación: cinco a siete días después. Véase, por ejemplo, el Programa Educativo de la Oficina de Investigación sobre Población de la Universidad de Princeton: “Not -2- Late.Com”, The emergency contraceptive website. Puede verse también A. Glasier, “Emergency post-coital contraception”, en The New England Journal of Medicine, 1997, vol. 337, 1063.
III. Prudente censura: Con estos antecedentes, que figuran en el estudio “Desviaciones de la Medicina: la contracepción de emergencia y el aborto químico”, del biólogo italiano Angelo Serra S. J. (La Civiltà Cattolica, 2006, II), puede verse que era muy justa la censura que critica el Doctor Horacio Croxato, y lo sigue siendo, no obstante las investigaciones propias y de otras personas que él alega, porque basta la sola posibilidad del efecto abortivo para que el uso de la píldora del día después sea gravemente ilícito desde el punto de vista del derecho a la vida.
José Joaquín Ugarte Godoy
Profesor de Derecho Civil UC
Miembro (electo) de la Academia Chilena de Ciencias Sociales, Políticas y Morales