Señor Director:
Felicito a la señora Marta Vial Risopatrón por la justicia, claridad e importancia de los conceptos contenidos en su
carta.
Valoro que, entre muchos aspectos, ella haya incluido el adicional despojo que significó pagar a los expropiados con bonos no reajustables por la inflación y a plazos de hasta 30 años.
La Unidad de Fomento, de valor adquisitivo constante, subió en 1967 de 100 Escudos (0,1 pesos) a 13.253 pesos en 1997.
En otras palabras, si en 1967 se documentó un valor cien mil, pagadero en 1997, el expropiado terminó recibiendo un valor adquisitivo de solo 75,5 centavos.
¿Alguien considera justa esa transacción, y estaría dispuesto a aceptarla hoy?
Óscar González CañasIngeniero civil