Cuando se acercan las elecciones, sean éstas presidenciales, parlamentarias o municipales, las calles de las ciudades se llenan de afiches, pendones, letreros, lienzos y cuanto material sirva para promocionar un candidato, incluso antes del período legal de propaganda.
Una práctica tan antigua como las quejas que genera entre los ciudadanos, que reclaman por la menor visibilidad que causan los letreros en las avenidas al momento de conducir y de la dificultad que representan para poder caminar por las veredas más transitadas.
Las críticas ya se oían en 1953, aunque las molestias entonces apuntaban a los "daños" que causaban a la propiedad privada "hecha con evidente desprecio para la estética general de la población", según publicaba "El Mercurio".
La Municipalidad de Santiago, molesta por la gran cantidad de afiches que se colocaban en los muros y puertas de los edificios, amenazaba con sanciones a los brigadistas, incluyendo multas de entre 500 y 2.000 pesos de la época.
En 1971 gana urgencia el proyecto de reforma a la ley electoral, que tenía como finalidad endurecer las sanciones para la propaganda mural no autorizada; esto, para "suprimir el atentado contra la estética de las ciudades", decían las autoridades a este diario.
Ya en ese entonces hacían notar que los plazos legales solo se cumplían para los avisos políticos en los diarios y la radio, mientras que para la propaganda callejera se violaba toda normativa, atiborrando las vías de publicidad política antes de lo indicado en las disposiciones.
Para febrero de 1988 quedaba en manos de cada municipio establecer las normas sobre la propaganda. Fue así como la alcaldía de Santiago debe enfrentar una nueva polémica, esta vez con el Movimiento Independiente Pinochetista, que se negaba a retirar unos lienzos colgados desde las ventanas de sus oficinas.
También se sumaron los reclamos de las personas, preocupadas por la proliferación de muros rayados y tapizados de carteles.
Un par de meses antes del plebiscito de octubre de ese mismo año es promulgada la ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, la que determinaba la prohibición de realizar propaganda electoral con pinturas, alquitranes y otros elementos en murallas, cierros, puertas o ventanas de casas particulares, y que la propaganda mediante volantes, con elementos colgantes o avisos luminosos podía efectuarse hasta 72 horas antes del 5 de octubre.
Un año después, los vecinos de Las Condes se mostraban molestos con los precandidatos que mal utilizaban los espacios públicos y privados con eslóganes de sus campañas. A tal nivel llegaron los reclamos, que el entonces precandidato a diputado Joaquín Lavín se comprometía a borrar la propaganda política que partidarios suyos realizaron en las calzadas de la comuna.
A siete días de las elecciones primarias y a meses de elegir a quien gobierne el país, la propaganda política se toma las principales calles de Santiago y regiones.