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Editorial
Martes 19 de marzo de 2013
Investigación penal del 27-F
La dilación por causas razonables y fundadas podría terminar con que el juicio coincida con lo más candente del proceso electoral de este año. Por eso mismo, la fiscalía debe convencer no solo respecto del resultado final de su trabajo, sino también sobre su independencia...
Tres años acaba de cumplir la investigación penal de la negligencia en la que pudieron haber incurrido miembros de las Fuerzas Armadas y funcionarios del gobierno de la entonces Presidenta Michelle Bachelet, incluida ella misma, durante las horas que siguieron al terremoto de 2010. La investigación que lleva adelante la fiscal regional Solange Huerta -asistida por dos fiscales adjuntos y un equipo especial de detectives de la PDI- apunta a esclarecer si los imputados infringieron los deberes de sus respectivos cargos y, por otra parte, si su eventual infracción es lo que causa o explica la muerte y desaparición de personas concretas durante aquella madrugada. Conforme a la ley, la fiscal regional solo podrá acusar a alguien por estos hechos si llega a la convicción de que existe "fundamento serio" para un enjuiciamiento.
Para alcanzar esta convicción es necesario acopiar antecedentes de prueba numerosos, variados y extensos, que permitan reconstruir los hechos con exactitud. Sin embargo, cabe preguntarse si es razonable que una investigación de tanta trascendencia para la convivencia social y las instituciones políticas se prolongue durante tanto tiempo como ha ocurrido en este caso. La audiencia en la cual la fiscalía imputó cargos a ocho personas, entre ellas el ex subsecretario del Interior Patricio Rosende, se extendió durante cuatro días, y en ella el juez determinó un plazo de siete meses para investigar. El 17 de diciembre de 2012, el tribunal amplió este plazo por cuatro meses más. Sin embargo, la fiscalía ya solicitó una audiencia para reformalizar a los ocho imputados, que tendrá lugar el próximo 25 de marzo. En esta audiencia, el tribunal podría extender aún más el plazo de investigación.
Las razones que podrían explicar esta dilación son múltiples. Entre ellas se encuentra lo que algunos consideran un defecto de la ley, cual es la prohibición de utilizar como prueba en juicio los registros de las actuaciones policiales, incluyendo las declaraciones no ratificadas en la fiscalía. Por otro lado están la dificultad para destinar investigadores que se ocupen en exclusiva de un caso determinado, y las conocidas limitaciones de los servicios auxiliares del Ministerio Público, como el Servicio Médico Legal. En este caso concreto se añade, además, un problema considerable, constituido por el conjunto de desafíos jurídicos que ofrece la imputación de conductas y resultados lesivos en contextos complejos, en los que hay división de funciones entre muchas personas, algunas de ellas insertas en estructuras jerárquicas diferentes.
Si bien se trata de problemas jurídicos en los que compete al tribunal decidir, el ente persecutor debe tenerlos bastante resueltos en el momento de seleccionar los hechos por los que va a formalizar y acusar, pues de lo contrario corre un riesgo muy alto de que un cambio eventual y previsible en la calificación jurídica deje a su acusación sin el sustrato fáctico mínimo para obtener una condena.
Lamentablemente, en este caso la dilación por causas razonables y fundadas podría terminar coincidiendo con la conveniencia (o inconveniencia) política de un sector -el de los partidarios de la ex Presidenta-, si el juicio se posterga más allá de las elecciones o, incluso, ocurre en lo más candente del proceso electoral de este año. Por eso mismo, la fiscalía está sometida a una doble presión, ya que debe convencer no solo respecto del resultado final de su trabajo, sino también sobre su independencia, ligada en este caso a la oportunidad y estricta necesidad de los plazos en que lo realiza.