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Editorial
Miércoles 13 de marzo de 2013
Descoordinaciones en expulsión de extranjeros
Así como corresponde facilitar los ingresos de extranjeros que puedan aportar al progreso nacional, es igualmente indispensable disponer de mecanismos eficaces, sujetos al cumplimiento de la ley y a la tutela judicial, en aquellos casos en que se justifique su expulsión...
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que dejó en libertad a 18 extranjeros en proceso de ser expulsados es demostrativa de descoordinaciones y fallas de los servicios encargados de aplicar la legislación migratoria, y evidencia la necesidad de su reforma.
La decisión de la Corte, a raíz de un recurso de amparo presentado por la Corporación de Asistencia Judicial, no cuestiona los decretos de expulsión, sino la indebida privación de libertad resultante de la inaceptable demora en el cumplimiento de la medida. Llama la atención que ante este contencioso el Ministerio del Interior no alegara el recurso de amparo y, aparentemente, no atendiera debidamente su labor coordinadora de servicios de su dependencia, encargados de llevar adelante la resolución administrativa de su competencia, lo que ahora debe corregir. Según los antecedentes conocidos, los afectados se encontraban detenidos prácticamente de modo indefinido, por hasta 22 días, bajo decretos -algunos- dictados hace más de tres años. La dilación en la ejecución de los mismos se contrapone con el exiguo plazo de 24 horas siguientes a la notificación de la denegación del recurso interpuesto contra tal medida. También consigna la Corte las condiciones de hacinamiento de los afectados, en instalaciones destinadas a detenciones esencialmente transitorias.
Este lamentable episodio confirma lo que reiteradamente ha hecho presente este diario: la necesidad de establecer una política migratoria, de modernizar su rancio e inoperante estatuto legal, de entregar medios necesarios a los servicios encargados de aplicarla, y reformar los procesos de otorgamiento de visas, permisos de entrada, de residencia temporal, permanencia definitiva de extranjeros y, también, los relativos a su expulsión, en los casos que corresponda y en conformidad con los procedimientos legales.
El virtual estancamiento demográfico que se proyecta para el país, su crecimiento económico, las crecientes presiones migratorias de trabajadores no calificados desde territorios vecinos, el valioso aporte de inmigrantes al capital humano nacional en educación, ciencia, tecnología y emprendimiento, el déficit de recursos humanos en algunas actividades productivas y los delitos transnacionales, son realidades que requieren apremiantemente formular una nueva política nacional migratoria, flexibilizar la normativa laboral que impone límites a la contratación de extranjeros, reformar la legislación de extranjería y su aplicación por el Ministerio del Interior, mediante una institucionalidad eficiente para estos propósitos.
Aunque se reconoce la valiosa intención de la Subsecretaría del Interior por legislar estas materias, son conocidas las persistentes discrecionalidades, demoras y largas esperas para el otorgamiento de los permisos a extranjeros. Asimismo, hay conciencia de la existencia de obstáculos reglamentarios innecesarios y de carencia de medios para la expulsión del territorio nacional de extranjeros infractores de ley o con prohibición de ingreso. Sin embargo, tales dificultades para repatriar a residentes extranjeros indeseables no puede significar en modo alguno aceptar el desconocimiento de sus derechos fundamentales, protegidos por el derecho internacional y por la Constitución, que el Poder Judicial y la Corporación de Asistencia Judicial han hecho bien en hacer valer
Así como corresponde facilitar los ingresos de extranjeros que puedan aportar al progreso nacional, es igualmente indispensable disponer de mecanismos eficaces, sujetos al cumplimiento de la ley y a la tutela judicial, en aquellos casos en que se justifique su expulsión. Por eso mismo, corresponde que las autoridades avancen resueltamente en la reforma migratoria y, cumpliendo la legalidad y plazos establecidos, persistan en las frustradas expulsiones que proyectaba realizar y en todas aquellas que merezcan esta medida.