Muchas voces han salido a criticar la reforma constitucional propuesta por el Gobierno como presupuesto de una agenda legislativa y administrativa para enfrentar el crimen organizado. Efectivamente, el texto adolece de gruesos problemas, como ha sido advertido desde estas mismas páginas. Con todo, solo criticar sin proponer alternativas puede ser cómodo y hasta popular, cuando se hace invocando en forma grandilocuente los derechos y las libertades ciudadanas. Más difícil es la crítica cuando también se tiene conciencia de la gravísima amenaza que representa para el país el desarrollo y penetración de vastas organizaciones criminales. Chile no está solo frente a un incremento de los delitos que afectan cotidianamente a los ciudadanos de a pie, sino ante el desafío de estructuras criminales que amenazan con enquistarse en todos los estratos del Estado y la sociedad. Un cuestionamiento serio no puede ignorarlo.
El proyecto persigue a todas luces dos objetivos. Por una parte, establecer un marco constitucional que dé sustento a una serie de iniciativas cuyo objeto es endurecer en una medida sin precedentes el régimen penal aplicable a quienes delinquen en el marco de esas organizaciones criminales. Para eso se busca consagrar expresamente una función del Estado que en rigor no lo requiere, pues el resguardo de la seguridad pública es una de las razones elementales que justifican la misma existencia del aparato estatal. Su explícita consagración, sin embargo, está llamada a “facilitar” la ponderación en casos de conflicto de derechos y deberes constitucionales, inclinando la balanza a favor de la seguridad donde antes se inclinaba a favor de la igualdad o la libertad, y a establecer un estatuto más exigente al momento de enjuiciar la responsabilidad política de las autoridades. El otro objetivo es introducir un nuevo estado de excepción constitucional por amenaza o afectación grave de la seguridad pública, que permita al Ejecutivo adoptar sin dilación medidas drásticas para controlar ofensivas de grupos criminales organizados. La experiencia de otros países latinoamericanos donde estas organizaciones han llegado a impedir el normal funcionamiento del Estado puede haber influido en esta propuesta. No es sensato menospreciar por completo esta experiencia.
El proyecto de reforma requiere numerosas y sustanciales mejoras, comenzando por la configuración del estado de excepción (autorizaciones del Congreso, duración y rol de las Fuerzas Armadas, entre otros aspectos). En otras materias, debe clarificarse y complementarse la regulación, pues, por ejemplo, no es posible privar de todo auxilio estatal a los condenados, menos si ya cumplieron su pena, aunque hayan pertenecido al crimen organizado. A su vez, el concepto mismo de “crimen organizado” es criminológico y no jurídico, por lo que puede comprender realidades muy diversas; tamaña imprecisión no puede convertirse en un texto constitucional destinado a restringir derechos. Pero nada de esto —ni tampoco las muchas desprolijidades y excesos del Gobierno en la elaboración de este texto— debe impedir que el proyecto se discuta en su mérito, teniendo a la vista la verdadera realidad del país y los objetivos que busca, sobre los cuales existe un amplio consenso. La situación es grave y es imperioso que todos los actores políticos dejen atrás la crítica fácil, performativa y superficial, para arribar a consensos. El país lo requiere con urgencia.