En una sociedad pluralista hay diversidad de principios. Algunos consideran que el fruto de su trabajo les pertenece y que el Estado debe intervenir lo menos posible. Otros creen que la desigualdad es injusta y que se requiere una redistribución significativa mediante impuestos. Es de la esencia de las democracias sostener este tipo de debates.
Pero hay aspectos del debate político que son de otra naturaleza. Por ejemplo, la capacidad de una rebaja tributaria de producir crecimiento económico. Acá el punto es de carácter empírico y puede contrastarse con lo que últimamente ocurra en el mundo. En palabras de Karl Popper, las afirmaciones empíricas son falsificables: podemos contrastarlas con la evidencia y descubrir que estaban equivocadas. Eso, planteaba Popper, es lo que distingue a la ciencia de la pseudociencia. Naturalmente, la evidencia rara vez habla por sí sola y nuestros principios influyen en cómo la interpretamos. Pero cuando discutimos consecuencias empíricas, existe un cierto terreno común para el debate.
El caso de la megarreforma recién aprobada —cuya negociación mostró una invalidación recíproca entre bandos— ofrece un buen ejemplo. Difícilmente podremos ponernos de acuerdo en qué es lo que debe buscar nuestro sistema tributario. Pero, aun así, vale la pena evaluar hasta qué punto esta reforma alcanzará sus propios objetivos. Ella busca, entre otras cosas, aumentar el crecimiento económico y proteger el empleo en el sector de exportación de servicios. En ambos casos, podemos buscar criterios de evaluación, procurando aislar otros efectos. Por ejemplo, para el crecimiento, podemos comparar con países similares y ajustar por factores externos como el precio del cobre.
En suma, los proyectos de ley, especialmente los de esta envergadura, debieran acompañarse de un plan explícito de evaluación: cuáles son sus objetivos, cómo se medirán y en qué plazos. Los distintos actores podrían rebatir la metodología, hasta acercar posiciones o al menos tener un conjunto acotado de criterios. La evaluación de las políticas se incorporaría así en su propio diseño, obligando a las partes a explicitar sus supuestos. Esto parece más constructivo que quedarnos en la invalidación mutua.
Si logramos acordar los criterios de evaluación para una reforma como esta, podemos ir un paso más allá y también tomar cursos de acción en función de ellos: reasignar recursos y hasta revertir o profundizar medidas según cómo funcionen. Además, estos criterios permitirían juzgar con mayor sustancia el desempeño de gobiernos y oposiciones. Ello facilitaría hacerlos responsables, sobre la base de resultados observables. Sería útil ahora, por ejemplo, contar con algo así para evaluar las reformas del pasado.
Estos criterios, por cierto, no resolverán los debates más de fondo, como la justicia de los impuestos. Para esas discusiones, que atañen más a los principios que al mundo empírico, nos quedan la deliberación política y, en última instancia, las elecciones. Pero tal vez estos criterios de evaluación nos permitan discutir con mayor honestidad las consecuencias de las políticas que defendemos y ayuden, con ello, a poner bordes a nuestro destemplado debate político.