Señor Director:
Desde el 3 de julio empezaron a aparecer noticias en su diario sobre un futuro concierto de un grupo coreano en nuestro país. Muchos han sido los reparos planteados por este concierto, que al parecer no tenía contratada totalmente la locación en la cual se iba a efectuar.
A esta polémica se han sumado diferentes organismos, como el Comité de Defensa del Consumidor, el Consejo Nacional del Deporte y también, por supuesto, el señor Jorge Ramírez, presidente de la Asociación Gremial de Empresas Productoras de Entretenimiento y Cultura (Agepec), y quien, citado por “El Mercurio”, nos señala que estamos hablando de entre tres y cuatro millones de personas que van a estos espectáculos durante un año, y que pagan entre $85.000 y $528.000 por las entradas, las que se agotaron en tres días, según consigna “El Mercurio”.
Aquí viene la guinda de la torta: La exención de IVA (19%) para los ingresos por entradas a espectáculos musicales se regula principalmente en el artículo 12, letra E, N° 1 del DL 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios). Esta exención aplica a espectáculos artísticos, culturales, teatrales, musicales, etcétera, siempre que cuenten con el auspicio del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Para artistas o grupos extranjeros, el auspicio (que habilita la exención) requiere acreditar uno de estos requisitos formales: 1. Patrocinio o apoyo de la respectiva embajada o consulado; 2. Que el espectáculo forme parte de programas de intercambio o extensión cultural de su gobierno; 3. Patrocinio de instituciones educacionales o culturales extranjeras de reconocido prestigio.
Que los lectores hagan los cálculos de espectadores, valores de entradas y determinen el IVA que se está dejando de pagar, y con ello podríamos finalizar en unos años la construcción del GAM, que también estará al servicio de la música, el teatro y los espectadores.
Pablo Dittborn Barros