Señor Director:
Este domingo en “El Mercurio” el CEO de Antofagasta Minerals nos describe costos extras que tendrán grandes mineras por el impuesto transitorio para financiar bonos a taxistas y otros. Esto, debido a la Ley 21.811, promulgada hace unos días por el Presidente de la República, la que reduce devoluciones del impuesto específico a los combustibles. Estamos hablando de empresas mineras, eléctricas, agrícolas y de construcción, entre otras, que usan petróleo fuera de carreteras, exceptuando las del régimen ProPyme. Respecto del impacto fiscal, el informe financiero de dicha alza tributaria habla de cerca de US$ 110 millones de mayor recaudación fiscal (IF 74/2026).
Sin opinar sobre el fondo de la política, tengo una duda importante respecto de las expectativas de recaudación del Ministerio de Hacienda. El mayor costo para las empresas en el ítem petróleo significa —naturalmente— menores utilidades, tal como describió el presidente ejecutivo de Antofagasta. Pero dado que el Estado es “socio” de dichas utilidades, a través del impuesto corporativo o del royalty, eso implicaría menos recaudación tributaria, sobre todo en abril de 2027.
La tasa corporativa hoy está en 27% y a los precios actuales, el royalty está cerca de su tasa máxima de 46%. Eso implicaría una brecha en el informe financiero de al menos US$ 30 millones de menor recaudación fiscal. Sería cerca de un tercio del paquete. Por eso vale la pena preguntarse el efecto neto en las cuentas fiscales.
Rodrigo Wagner
Académico Escuela de Negocios UAI