Sorprende la reacción no solo crítica sino incluso agresiva de la oposición al proyecto de ley Escuelas Protegidas, presentado por el Gobierno. Este parece un necesario complemento a otras iniciativas que se han desarrollado en los últimos años —la más reciente, la Ley de Convivencia Escolar— para lograr entornos más apropiados para los aprendizajes y el bienestar socioemocional de niños y jóvenes. No es claro si en esa reacción hay desconocimiento de la realidad verificada en muchos planteles o una burda estrategia política para hacer aparecer al Gobierno como extremo en sus soluciones de política pública.
Si se tratase de esta última hipótesis, ella no está teniendo mayor éxito, toda vez que este proyecto concita un elevado apoyo en la población. Y si fuese el primer caso, conviene recordar que la OCDE investiga, por medio de preguntas precisas, la percepción de los jóvenes de 15 años sobre la seguridad escolar. Con esas respuestas, construye un índice de seguridad. Chile está muy rezagado: en el lugar 61 entre 68 considerados en el análisis. Entre otras situaciones, se indaga si los estudiantes han visto a compañeros con cuchillos o pistolas en el colegio. Uno de cada cinco responde positivamente en Chile; el doble que para el promedio de los países OCDE.
El proyecto, cabe recordarlo, autoriza la posibilidad de que se puedan revisar las mochilas de los alumnos, una medida que se aplica en varios países. La forma propuesta es más blanda que en la mayoría, toda vez que no se puede forzar y obliga a incorporarla en el reglamento interno del establecimiento. Adicionalmente, se privilegia agotar la gestión de los conflictos de convivencia escolar al interior del colegio, antes de llegar a las instancias fiscalizadoras. Esta es la primera medida que sugiere toda buena práctica de convivencia escolar reconocida. También se fortalece la autoridad docente en la sala de clases, con un enfoque primordialmente formativo. Asimismo, se prohíbe el uso de vestimentas y accesorios que dificulten la identificación facial. Se incorporan, además, como causal de afectación grave de la convivencia, los actos que interrumpan parcial o totalmente las clases. Todas estas exigencias son habituales en los países con buenos sistemas educacionales y no deberían causar extrañeza.
Más controvertida puede resultar la inhabilidad para acceder a la gratuidad, por cinco años, en el caso de haber cometido delitos que atenten contra la vida, la integridad de las personas, la propiedad o la infraestructura pública. Con todo, el proyecto establece que, en el caso de haber sido sancionado por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, los tribunales podrán dejar sin efecto esta inhabilidad si se ha cumplido con los fines de reinserción social ahí definidos. Este será seguramente el escenario más probable. Una real preocupación por la seguridad y la convivencia escolares debería hacer avanzar este proyecto rápidamente. Si bien hay espacios relevantes de mejoramiento, el enfoque general es oportuno e indispensable para complementar otras iniciativas que se han legislado o se han promovido desde el Ministerio de Educación.