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Cartas
Domingo 15 de marzo de 2026
Conmutación de penas por edad
Señor Director:
Respecto de la propuesta legislativa de conmutar la pena de cárcel por arresto domiciliario total en determinadas circunstancias, queremos manifestar nuestra postura contraria a que la edad sea un factor determinante para ello. Fijar un límite de edad para considerar, por ese solo hecho, que una persona debe continuar el cumplimiento de su condena en su hogar refuerza estereotipos que presentan a las personas mayores como relativamente incapaces. Este fenómeno es conocido como edadismo.
Más aún, establecer la edad como criterio único, sin considerar las condiciones de salud de la persona, contraviene la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aprobada por el Congreso de Chile en 2017. Esta convención establece que cualquier privación o restricción de libertad debe ajustarse a sus principios y objetivos, entre los que se incluyen la dignidad, la autonomía, la independencia y la no discriminación por edad.
En este sentido, una iniciativa legislativa que invoque razones humanitarias, pero que utilice exclusivamente la edad como criterio para conmutar penas, corre el riesgo de reforzar estereotipos y discriminación hacia las personas mayores, alejando a Chile de los principios de dignidad y trato igualitario que debieran guiarnos y haciendo de nuestro país uno menos humanitario.
Sofía Salas Ibarra
Docente investigadora en bioética, U. del Desarrollo
Andrea Slachevsky
Centro Interdisciplinario GERO para la Longevidad Saludable y Políticas Públicas