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Cartas
Miércoles 04 de marzo de 2026
Atención con la declaración de renta
Señor Director:
Es comprensible la inquietud del lector que ayer señalaba que el SII rechaza la gran mayoría de los gastos. Si bien buena parte de lo mencionado corresponde a activos fijos más que a gastos del ejercicio, en mi experiencia he visto hasta la compra de las lechugas en un restaurante ser catalogadas como gasto rechazado. Sin embargo, en términos generales, la función fiscalizadora del Servicio se ejerce sobre la base de una regla legal clara: son deducibles los gastos que “se encuentren asociados al interés, desarrollo o mantención del giro del negocio”.
Siempre habrá espacio para perfeccionar criterios y dar mayor certeza, pero distinto es instalar la idea de arbitrariedad generalizada. En la práctica, muchas veces el problema no es la norma ni la autoridad, sino la falta de planificación y respaldo documental.
Maximiliano Concha R.
Abogado