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Cartas
Jueves 22 de enero de 2026
Incendios y legislación
Señor Director:
La tragedia que golpea a la zona de Concepción, con incendios devastadores, nos obliga como Estado a acelerar las transformaciones normativas que el territorio exige. Como Ministerio de Vivienda y Urbanismo, observamos con preocupación cómo la emergencia expone las fracturas de nuestro modelo de desarrollo.
Enfrentamos una fricción crítica en la interfaz urbano-rural. Por un lado, áreas urbanas que intentan seguir normas de seguridad; por otro, crecimientos espontáneos, campamentos en zonas de riesgo y parcelaciones de agrado sin planificación básica. Sumemos la falta de regulación de las plantaciones forestales, que al colindar con zonas pobladas actúan como propagadores de fuego y bloquean rutas de evacuación críticas, dejando a familias atrapadas y dificultando el acceso de los equipos de emergencia.
Si comparamos los incendios de la Región de Valparaíso de 2024 con los de Concepción, vemos que si bien la vulnerabilidad es el factor común, en el Biobío la vasta continuidad de la masa forestal y la dispersión habitacional multiplican la dificultad del combate y la reconstrucción. Reconstruir no es solo levantar muros; es lidiar con la regularización de títulos y la difícil decisión ética de no permitir la reedificación en lugares de riesgo.
La Ley 21.741 (2025) fortalece nuestra respuesta al permitir ajustes excepcionales y acelerados de los planes reguladores. Hoy podemos reconocer sectores consolidados afectados, incorporar áreas de riesgo de manera inmediata y establecer normas urbanísticas que orienten el uso del suelo bajo criterios de seguridad. Así se reducen drásticamente los tiempos de evaluación, permitiéndonos delimitar zonas de exposición y gestionar de manera más eficaz la configuración urbana en territorios vulnerables.
Para que esta planificación sea efectiva, necesitamos que el Congreso despache la Ley de Incendios, con el fin de establecer perímetros de protección obligatorios frente a la masa forestal; y el proyecto de Protección del Territorio y la Vida Rural, para frenar la expansión irregular que hoy carece de vías de evacuación.
La Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) nos entrega permisos de reconstrucción simplificados para la emergencia, pero la verdadera prevención requiere un ordenamiento territorial preventivo y vinculante. La seguridad de las familias no puede depender de reacciones poscatástrofe, sino de una gobernanza que entienda que la ciudad y el bosque deben coexistir bajo reglas de protección mutua.
Carlos Montes Cisternas
Ministro de Vivienda y Urbanismo